REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, CON SEDE EN CORO.
Santa Ana de Coro, 27 de Enero del año 2009.
Años: 198º Y 149º
Vista la diligencia que antecede, presentada en fecha 22 de Enero de 2009, mediante la cual las partes en el presente juicio, ciudadano ANGEL SIMON PETIT AREVALO, en su condición de demandado, debidamente asistido por la Abogada Ana Sophia Chirinos Martínez, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 102.241, y el ciudadano RUBEN DARIO SALIMA OLIVERA, en su carácter de demandante, debidamente asistido por el Abogado Francisco A. Sangronis, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 35.942, celebraron convenimiento en el presente proceso, en los términos expresados en la mencionada diligencia e igualmente, solicitan la homologación de dicho acto; el Tribunal, luego de analizar el petitorio formulado por las partes, lo considera ajustado a derecho y acuerda proveer al respecto. En consecuencia, este Tribunal Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, IMPARTE SU HOMOLOGACION AL CONVENIMIENTO EFECTUADO, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, dándosele el carácter de COSA JUZGADA. Déjese copia certificada del presente auto en el Archivo del Tribunal y constancia en el Libro Diario de Labores.-
LA JUEZ SUPLENTE
Abg. SANDRA MORILLO VILLAVICENCIO
LA…
… SECRETARIA
Abg. QUERILIU M. RIVAS H.
NOTA: En esta misma fecha se certificó copia del presente auto para el Archivo del Tribunal, todo conforme a lo ordenado en auto anterior. Conste.-
LA SECRETARIA
Abg. QUERILIU M. RIVAS H.
Exp. Nº: 2.074-2.008
DDTE: Rubén Darío Salima Olivera
DDDO: Ángel Simón Petit Arévalo
MOTIVO: Resolución de Contrato de Arrendamiento
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