REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio de Punto Fijo
Punto Fijo, 7 de Enero de 2009
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2005-003045
ASUNTO : IP11-P-2005-003045
I
IDENTIFICACION DE LAS PARTES


Juez Presidente: Abg. Kervin E. Villalobos M.
Juzgado Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo.
Fiscal: Abg. Luis Martínez Fiscal XVI del Ministerio Público.
Acusados: Miguel José Chirinos, venezolano, mayor de edad, natural de Punto Fijo, portador de la cédula de identidad Nro. 7.523.368,residenciado en el sector Universitario, calle Los Ruices, casa S/N, Punto Fijo Estado Falcón.
Victima: Bernarda Contreras Rangel.
Delito: resistencia a la Autoridad previsto y sancionado en el artículo 218 ordinal 1ª del Código Penal vigente.

II
HECHOS OBJETO DE LA INVESTIGACIÓN

En fecha 15 de Octubre de 2005, los funcionarios WILFRE JOSE MACHO y DOMINGO JIMENEZ, adscritos a la Zona Policial Nro. 02 Destacamento 21 se encontraban realizando labores de patrullaje cuando lograron avistar a un adolescente que les manifestó que su progenitora de nombre Bernarda se encontraba en su casa encerrada con su padrasto de nombre MIGUEL JOSE CHIRINOS quien lo habian golpeado. Los funcionarios actuantes se trasladaron a la calle los Ruices con Urdaneta y al llegar a la vivienda ésta se encontraba cerrada, efectuaron varios llamados hasta que finalmente abrió la puerta el hoy imputado quien se tornó agresivo y trató de quitarle la escopeta al funcionario DOMINGO JIMENEZ; durante esta acción, el hoy imputado agredió al funcionario.
III
DE LA DECISION DE SOBRESEIMIENTO

La Fiscalía Décima Quinta del Ministerio Público del Estado Falcón solicitó en el escrito acusatorio el enjuiciamiento del acusado por el delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 ordinal 1ª del Codigo Penal y el sobreseimiento conforme a lo previsto en el artículo 318.4 del Copp respecto al delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia.

El tribunal procedió a la revisión de las actuaciones y constata que el hecho que origina la presente investigación data del 15 de Febrero de 2005 por lo cual, hasta la fecha de la celebración de la audiencia de juicio oral y pública, ha transcurrido mas de TRES (03) AÑOS y NUEVE (09) MESES, tiempo éste que excede el lapso de prescripción señalado en el artículo 108.5 del còdigo penal venezolano, en cuanto al delito de resistencia a la Autoridad, previsto y sancionado en el artículo 218.1 ejusdem.


Establecido lo anterior, y acreditándose una causal de extinción de la acción penal como lo es la prescripción por el transcurso del tiempo, este Tribunal debe decretarla conforme a la ley.

En relación al delito de violencia física, por el cual el ministerio publico solicitó el sobreseimiento conforme a lo previsto en el artículo 318.4 del Código Orgánico Procesal Penal, este tribunal revisó las actuaciones y en efecto, la razón le asiste al ministerio público en cuanto a la deficiencia de elementos probatorios para solicitar el enjuiciamiento del imputado por la presunta comisión de ese delito; en razón de ello, debe decreta el sobreseimiento de la causa respecto al delito de violencia física conforme a lo establecido en el artículo 318.4 del Copp.

IV
DISPOSITIVA

Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley resuelve:

Primero: actuando conforme a lo previsto en el artículo 108.5 del Código Penal y 318.3 del Copp, decreta la extinción de la acción penal y por ende el sobreseimiento de la presente causa por el delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218.1 del Código Penal al ciudadano Miguel José Chirinos, venezolano, mayor de edad, natural de Punto Fijo, portador de la cédula de identidad Nro. 7.523.368,residenciado en el sector Universitario, calle Los Ruices, casa S/N, Punto Fijo Estado Falcón.
Victima: Bernarda Contreras Rangel.

Segundo: Conforme a lo previsto en el artículo 318.4 del Código Orgánico Procesal Penal, decretal sobreseimiento de la presente causa que se instruye al prenombrado imputado por el delito de VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Sobre Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia.

Se ordena publicación de la presente sentencia a los siete (07) días del mes de Enero de 2009, en la sede de este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo.

El Juez Presidente,

Abg. Kervin E. Villalobos M.

El Secretario,

Abg. Jamil Richani.