REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN
SANTA ANA DE CORO, 11 DE FEBRERO DE 2.009
AÑOS; 197° y 146°
Vista la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO presentada por el ciudadano ALEJO ANTONIO LIZARDO SIVIRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 17.178.673, domiciliada en el Municipio Miranda del Estado Falcón, asistida por la abogada BETTY RODRIGUEZ DE GRATEROL, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nro. 53.945.- Désele entrada junto con sus recaudos anexos y anótese en los libros respectivos.-
Por cuanto se observa que la presente solicitud no es contraria a derecho, a las buenas costumbres, y a disposiciones expresa en la ley, ADMITE la presente solicitud.- Ahora bien expone el solicitante lo siguiente:
“… Se desprende de la partida de nacimiento Nro. . 17, correspondiente al año 1982 del REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO GUZMAN GUILLERMO DEL ESTADO FALCON, sucede que en la partida de nacimiento duplicado en el REGISTRO PRINCIPAL DEL ESTADO FALCON se incurrió en el siguiente error al escribir el apellido como LUZARDO siendo lo correcto LIZARDO , es por lo que solicito al Tribunal a su digno cargo, darle curso legal a la presente solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento …”
Ahora bien, observa este Tribunal de un análisis practicado a los documentos anexos a la presente solicitud, se constata del error material. En consecuencia este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Impartiendo Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO presentada por el ciudadano ALEJO ANTONIO LIZARDO SIVIRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 17.178.673, domiciliada en el Municipio Miranda del Estado Falcón, asistida por la abogada BETTY RODRIGUEZ DE GRATEROL, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nro. 53.945. En consecuencia se ordena al REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO FALCÓN, corregir el acta de nacimiento Nro. . 17 del año 1982 del REGISTRO PRINCIPAL DEL ESTADO FALCON en donde se incurrió en el siguiente error al escribir el apellido como LUZARDO siendo lo correcto LIZARDO. Líbrese copia certificada del fallo, a los fines de que se estampe la respectiva nota marginal de conformidad con lo pautado en el artículo 506 del Código Civil. Déjese copia certificada del presente fallo en el archivo del Tribunal.-
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los (11) días del mes de FEBRERO de 2.009.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
ABOG. NELLY CASTRO GOMEZ LA SECRETARIA SUPLENTE
MIGGLENIS CAROLINA ORTIZ EGURROLA
Nota: se formó expediente constante de ______________ folios útiles, quedando anotado bajo el Nº ___________, Se dejó copia certificada de la decisión en el archivo del Tribunal se libro oficios Nº 0820_______ y 0820______, a las Autoridades competentes.- Conste Coro fecha Ut-Supra.-
LA SECRETARIA SUPLENTE
MIGGLENIS CAROLINA ORTIZ EGURROLA




NCG/CHF/Mariamelys

Demanda Nro. 382

Expediente Nro________