REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
EL JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
SANTA ANA DE CORO: DIEZ (10) DE FEBRERO DE DOS MIL NUEVE (2009)
AÑOS: 198º Y 149º

Visto el escrito contentivo de ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES, causado en el Juicio de Cobro de diferencia de Prestaciones Sociales, intentada por los ciudadanos EMILIO OBERTO, OMAR TORRES, EVA ACOSTA, DEYANIRA ROJAS Y ALBERTO ROMERO contra el Ejecutivo Regional del Estado Falcón, y por cuanto de un examen se evidencia que la misma no es contraria al orden publico, a las buenas costumbres ni a disposición expresa de la Ley, el Tribunal la admite cuanto ha lugar en derecho para ser ventilada por el procedimiento breve. En consecuencia, intímese a los Ciudadanos EMILIO OBERTO, OMAR TORRES, EVA ACOSTA, DEYANIRA ROJAS Y ALBERTO ROMERO, para que comparezca por ante este Tribunal el Primer (1er) día de despacho siguiente a que conste en autos su intimación, en cualquiera de las horas destinadas para despachar (8:30 a.m a 3:30 p.m), a dar contestación a la demanda, con la advertencia que una vez celebrado el acto de contestación o vencido que sea su lapso, se abrirá una articulación probatoria a tenor de lo dispuesto en el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil. Librese recaudos de Intimación con anexo de copia certificada de la solicitud y entréguese al ciudadano Alguacil de este Tribunal a los fines de que practique la citación ordenada. Dch.-
LA JUEZA TEMPORAL:

ABG. CECILIA L. HANSEN FANEITE.

LA SECRETARIA TIT.


ABG. DENNY CUELLO