REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA
DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
SANTA ANA DE CORO: SEIS (06) DE FEBRERO DEL DOS MIL NUEVE
AÑOS 197 y 149

Vista la solicitud presentada por los ciudadanos ENLLER RODRIGO PEÑA RODRIGUEZ y MARIALY DEL CARMEN PEREZ GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros 14.999.040 y 15.703.254, respectivamente, domiciliados en esta Ciudad de Coro Estado Falcón, asistidos por el abogado CASIANO ALEXANDER RAMIREZ SANCHEZ,, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 109.957, désele entrada fórmese expediente, numérese y tómese razón en el libro correspondiente. Se admite cuanto ha lugar en derecho. Notifíquese al Fiscal Octavo del Ministerio Público del Estado Falcón, a fin de que comparezca por ante el Tribunal dentro de los Diez (10) días de despacho siguiente a su notificación, para que exponga lo que crea conveniente en torno a la solicitud presentada, todo de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 185–A, del Código Civil. Líbrese Boleta de Notificación.
LA JUEZ TEMPORAL,


ABG. CECILIA L. HANSEN FANEITE


LA SECRETARIA,

ABG. DENNY CUELLO
NOTA: En la misma fecha se formo expediente quedando anotado bajo el Nº 9912, asimismo se libró boleta de notificación.

LA SECRETARIA,