REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional.
Sala de Juicio. Jueza Unipersonal Nº 10.
Caracas, veintiséis (26 ) de Febrero de Dos Mil Nueve (2.009).
Años: 198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-09-01677

Revisadas las actas que conforman el presente asunto y vista las anteriores actuaciones promovidas y evacuadas como fueron las declaraciones de los testigos, ciudadanos MARIA JOSEFA SUAREZ DE LINAREZ y ALMA ELOISA ZAVARCE DE CASTILLO, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidades N° E.-979.699 y V-926.573, respectivamente; y cumplidas como fueron las formalidades de ley, esta Juez Unipersonal N° 10 del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, impartiendo justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. DECLARA como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del De Cujus ciudadano NICOLAS BOUTOROFF SEMENENKO, quien en vida era titular de la Cédula de Identidad N° V.-6.155.162, a la ciudadana MARIA CONSUELO NIÑO GARCIA, y a su hijo el adolescente (se omite el nombre conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescentes). Devuélvase original con sus resultas a la parte solicitante y déjese copia certificada de las presentes actuaciones a los fines legales. Cúmplase lo ordenado una vez la parte interesada aporte los fotostatos respectivos.
LA JUEZ,
EL SECRETARIO,

ABG. MAIRIM RUIZ RAMOS.