REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio de Punto Fijo
Punto Fijo, 10 de Febrero de 2009
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2003-000109
ASUNTO : IP11-P-2003-000109

AUTO ORDENANDO NOTIFICAR EN LA SEDE DEL TRIBUNAL

De la revisión del presente asunto se observa que en fecha 26 de Septiembre de 2007 este Tribunal Primero de Juicio dictó Resolución mediante la cual declara Abandonada la querella, interpuesta por el ciudadano José Alfredo Jiménez Lázaro, en contra de los ciudadanos Edgardo Zavala, Olga Josefina Colina y Rosaura Pire de Fernández, siendo libradas las respectivas notificaciones de los querellados y querellantes, y como quiera que de la revisión que se hiciere de las consignaciones de las boletas, se observa que las mismas fueron consignadas por el Cuerpo de Alguacilazgo en forma negativa motivado a que las direcciones no existen, es por lo que este Tribunal procede conforma a lo dispuesto en el artículo 181 del Código Orgánico Procesal penal y en consecuencia, ordena la notificación de los querellantes en la sede de este Tribunal por un lapso de 24 horas, y una vez vencido este lapso, dichas notificaciones se consignaran en el presente asunto a los fines legales consiguientes.. Líbrese las correspondientes boletas de notificaciones. Cúmplase.-
El Juez Títular Primero de Juicio

Abg. Kervin E. Villalobos M.
El secretario,
Abg. Jamil Richani