REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio de Punto Fijo
Punto Fijo, 6 de Febrero de 2009
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : IK11-P-2002-000022
ASUNTO : IK11-P-2002-000022


AUTO MEDIANTE EL CUAL SE RATIFICA ORDEN DE APREHENSIÓN


De la revisión del presente asunto se observa que en fecha 13 de Agosto de 2002 se dicto auto en el cual el Tribunal Segundo de Juicio a cargo del Abg. Nerio Leal, en su carácter de Juez, revocó la Medida Preventiva de Privación de Libertad que recaía en contra del ciudadano Lilio Jesús Sánchez González por la presunta comisión del delito Homicidio Simple en perjuicio del ciudadano González Orangel, y decretó Medida cautelar Sustitutiva a favor del imputado, imponiéndole al mismo de la decisión acordada en fecha 14 de Agosto de 2002, según consta en los folios 508 y 509 de la segunda pieza del asunto, igualmente se observa que en fecha 22 de agosto de 2002 se recibe recurso de apelación incoado por el Abg. Jesús Alberto Dicuru en su carácter de Fiscal Sexto del Ministerio Público, en contra del auto de fecha 13 de agosto del mismo año donde se decretó la revocatoria de la Medida Preventiva de Privación de Libertad, siendo declarado admisible por la Corte de Apelaciones del Estado Falcón, en fecha 18 de Diciembre de 2002, siendo decidido en fecha 23 de Enero de 2003 donde se declaró con lugar la apelación formulada por el Abg. Jesús Alberto Dicuru, confiriéndole plenos efectos al auto dictado por el Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal en fecha 18 de mayo de 2001, que privó al imputado de su libertad de manera preventiva, por lo que en fecha 06 de marzo de 2003 la Juez Primero de Juicio Abg. Narquis Chirinos ordenó librar orden de Aprehensión contra el ciudadano Lilio Jesús Sánchez González titular de la cédula de identidad Nº 7.523.146, sin que hasta la presente fecha se haya tenido respuesta de tal circunstancia, es por lo que este Tribunal Primero de Juicio de este mismo Circuito Judicial penal RATIFICA la orden de Aprehensión en contra del ciudadano Lilio Jesús Sánchez González de fecha 10-05-2005 y ACUERDA: Librar Oficios a los Organismos de Seguridad competentes a los fines de materializar la aprehensión del imputado, quien una vez aprehendido quedará a la orden de este Tribunal de Juicio. Cúmplase.-

El Juez Primero de Juicio

Abg. Kervin E. Villalobos M.

El Secretario,

Abg. Jamil Richani