REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN CORO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Tribunal Segundo de Control
Coro, 08 de Febrero de 2009
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : IP01-P-2009-000227
ASUNTO : IP01-P-2009-000227
AUTO DECRETANDO LIBERTAD PLENA
Visto el escrito presentado en esta misma fecha por el Fiscal Tercero del Ministerio Público del Estado Falcón, Abg. Argenis Omar Martínez Ramírez, mediante el cual y con fundamento en el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución Nacional, requiere de este Tribunal decida acerca de la libertad de los ciudadanos: Yonathan Yedra García, venezolano, mayor de edad, Domiciliado en la Urbanización Arístides Calvani, Calle 04, Casa Nro. 30, Coro, Estado Falcón y Titular de la Cédula de Identidad Nro. V-19.007.271 y José del Carmen Umbría Velásquez, venezolano, mayor de edad, Domiciliado en La Urbanización Arístides Calvani, Calle 05, Casa S/N, Coro, Estado Falcón y Titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 16.942.463, quienes fueran aprehendidos en fecha 06 del mes y año en curso por funcionarios adscritos al Destacamento de Seguridad Ciudadana de la Guardia Nacional del Estado Falcón, este juzgador considera que, por cuanto la titularidad de la acción penal esta asignada al Ministerio Público y este organismo no le atribuye la comisión de delito alguno a los imputados, se ordena la libertad plena de los mismos, y así se declara.
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República, de conformidad con lo establecido en el ordinal 1° del artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Decreta la Libertad Sin Restricciones de los ciudadanos Yonathan Yedra García, y José del Carmen Umbría Velásquez, arriba bien identificados. Líbrese la respectiva Boleta de Libertad. Notifíquese a las partes de la presente Decisión. Remítanse con Oficio las Presentes actuaciones a la Fiscalía Tercera del Ministerio Público del Estado Falcón en su debida oportunidad. Infórmese al archivo de la presente resolución y actualícese la fase y estado del presente asunto en el Sistema Iuris 2000. Cúmplase.
El Juez Segundo de Control
Abg. HELY SAUL OBERTO REYES El Secretario
Abg. PEDRO TEO BORREGALES
Nota: En esta misma se cumplió con lo ordenado anteriormente y se libró la respectiva boleta de libertad.
El Secretario.