REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MIRANDA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
Santa Ana de Coro; 09 de Julio de 2009
Años: 199º y 150º

Vista la solicitud de únicos y universales herederos, presentada por los ciudadanos: PEDRO JOSÈ DIRINOT ÀLVAREZ, AIDA JOSEFINA DIRINOT MANZANO, PEDRO JOSÈ DIRINOT MANZANO, HAIDEE CAROLINA DIRINOT MANZANO, EUDYS ALEXANDER DIRINOT MANZANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.643.329, V-13.027.192, V- 13.723.950, V-15.702.394, V-17.630.221, respectivamente; asistidos por el Abogado YSAAC ELÌAS PÈREZ GARVETT, Inpreabogado Nº 87.507. Examinado y evacuado como ha sido, el Justificativo de Testigos, el acta de defunción, el acta de matrimonio y las partidas de nacimientos, que se acompañan a la presente solicitud, este Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo previsto en el Articulo 16 eiusdem, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, y en atención a lo solicitado y lo evidenciado en actas en donde consta que la Ciudadana AIDA MARÌA MANZANO de DIRINOT, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V-3.360.322; falleció Ab-intestato en fecha: cinco (05) de Mayo de 2008, DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, al ciudadano PEDRO JOSÈ DIRINOT ÀLVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.643.329, en su condición de cónyuge y a sus hijos Ciudadanos: AIDA JOSEFINA DIRINOT MANZANO, PEDRO JOSÈ DIRINOT MANZANO, HAIDEE CAROLINA DIRINOT MANZANO y EUDYS ALEXANDER DIRINOT MANZANO, todos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.027.192, V- 13.723.950, V-15.702.394 y V-17.630.221, respectivamente. La presente declaración se emite, sella y firma en la sala de despacho del Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los NUEVE (09) días del mes de JULIO de 2009. Entréguese el presente original a los interesados. FC

La Juez Titular,
Abg. Zenaida Mora de López
La Secretaria Titular,
Abg. Mariela Revilla Acosta


















SOLI. NRO. 372