REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA
En fecha 09/07/2009, se le da entrada al Mandamiento de Ejecución, emanado del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en el que se acordó Ejecución Forzosa sobre Bienes muebles propiedad de la parte demandada de autos; en consecuencia, este Tribunal a fin de darle fiel y estricto cumplimiento, ordena el traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, el día y hora que fije este Tribunal, una vez que lo solicite el interesado, la cual se fijará mediante auto separado.
En fecha 20/07/2009, se dicta auto, donde se le da entrada a diligencia suscrita por el Abg. Jesús E. Vivas P., actuando con el carácter de Apoderado Judicial del ciudadano Vladimir Heder Lugo Zamudio, donde solicita se fije oportunidad para la práctica de la medida a que se contrae las presentes actuaciones, este Tribunal provee de conformidad y ordena su traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, a fin de practicar Mandamiento de Ejecución a que se contrae el presente Despacho, fijándose para ello el día respectivo. A solicitud de la parte se libra Boleta de Notificación al Depositario Necesario y perito Avaluador designado.
En fecha 06/08/2009, se dicta auto, por cuanto la parte ejecutante no compareció a la hora fijada por este Tribunal para la práctica de la Medida acordada en el presente Despacho; este Ejecutor acuerda conceder nueva oportunidad par la práctica de la misma, una vez que la parte así lo solicite, la cual se fijará por auto separado.-
En fecha 06/10/2009, se dicta auto, donde se le da entrada a diligencia suscrita por el Abg. Jesús E. Vivas P., donde solicita se fije nueva oportunidad para la práctica de la medida a que se contrae las presentes actuaciones, este Tribunal provee de conformidad, fija para ello el día respectivo. A solicitud de la parte se libra Boleta de Notificación a los Auxiliares de Justicia.
En fecha 19/10/2009, se dicta auto, por cuanto este Tribunal no dio Despacho en la fecha que se dio oportunidad para la práctica de la Medida acordada en el presente Despacho; este Ejecutor acuerda conceder nueva oportunidad par la práctica de la misma, y fija nueva fecha para ello; así mismo se libran las respectivas Boletas de Notificación.
En fecha 28/10/2009, se levanta Acta, a fin de darle fiel cumplimiento al Mandamiento de Ejecución emanado del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en el que se acordó Ejecución Forzosa sobre Bienes muebles propiedad de la parte demandada de autos, ciudadano Carlos Augusto Lugo Zamudio, intentada por los Abogados Jesús Vivas, Leopoldo Van Grieten, José Guanipa, Alexis Faneite, Guido Leal, Argenis Martínez, Mirtha Dastolfo y Adan Navas, Apoderados Judiciales del ciudadano Vladimir Heder Lugo Zamudio; en dicho acto, se procedió a dar los toques de ley en la inmuebles donde trasladó a este Tribunal el Apoderado Abg. Jesús Vivas, a tal llamado no respondió personal alguna, por lo que la Jueza recurrió a los vecinos en esa dirección, obteniendo información que el demandado había salido del referido inmueble. Por lo que la Parte Actora, solicitó la reconstitución del Tribunal a su sede natural. Siendo las 10:00 a.m., este Tribunal da por concluido el acto.
En fecha 18/11/2009, se dicta auto, donde se le da entrada a diligencia suscrita por el Abg. Jesús E. Vivas P., donde solicita se fije nueva oportunidad para la práctica de la medida a que se contrae las presentes actuaciones, este Tribunal provee de conformidad, fija para ello el día respectivo. A solicitud de la parte se libra Boleta de Notificación a los Auxiliares de Justicia.
En fecha 07/12/ 2009, se levanta Acta de Embargo Ejecutivo, a fin de darle fiel y estricto cumplimiento al Mandamiento de Ejecución emanado del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, librado en el Juicio por RENDICIÓN DE CUENTAS, siguen los Abogados Jesús Vivas, Leopoldo Van Grieten, José Guanipa, Alexis Faneite, Guido Leal, Argenis Martínez, Mirtha Dastolfo y Adan Navas, Apoderados Judiciales del ciudadano Vladimir Heder Lugo Zamudio, en contra del ciudadano CARLOS AUGUSTO LUGO ZAMUDIO; en dicho acto, se notificó de la misión del Tribunal al demandado de autos; seguidamente, el Apoderado Actor Abg. Jesús Vivas, solicita la materialización de la Medida sobre los bienes muebles en ésta acta identificados, reservándose el derecho de seguir señalando otros bienes propiedad del demandado, en virtud de que será insuficiente el monto que arroje los bienes a embargas, los cuales se Declaran legal y Ejecutivamente embargados y a solicitud del Ejecutante, se dejan bajo la Guarda y Custodia del Demandado, ciudadano Carlos A. Lugo Z., quien previa aceptación y juramentación, se compromete a cuidar como buen padre de familia.
En fecha 23/06/2.010, se dicta auto, por cuanto este Tribunal observa que han transcurrido más de tres (03) meses de inactividad sin que la parte interesada dé impulso al cumplimiento del presente despacho, contándose desde la última actuación; en consecuencia, se ordena su remisión al Tribunal comitente. En esta misma fecha se remite mediante Oficio N° 201-2.010, constante de 32 folios útiles, sin cumplir, por falta de impulso procesal.-