A señalamiento del abog. Victor Ortíz, inpreabogado Nº. 34.752, en su condición de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil Distribuidora Juan de Dios Atacho C.A., parte demandante en el juicio por Cumplimiento de Contrato y Daños y Perjuicios seguida contra la Diageo Venezuela C.A., se traslado el Tribunal Ejecutor del Municipio Carirubana al local donde funciona la Sociedad Técnicos Aduaneros S.A. (TASA) en la calle B entre calle 01 y 03 Sector Santa Elena Comunidad Juan Crisóstomo Falcón detras de la empresa Polo Norte en Punto Fijo a los fines de notificar a la empresa demandada de la Medida Cautelar Innominada emanada del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil de esta jurisdicción, el Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley procede a notificar al ciudadano José Gilberto Espinoza Gutierrez, cédula de identidad Nº. 7.525.949, en su condición de Jefe de Producción de TASA , según lo manifestado por el y a quien el Tribunal Ejecutor le indicó que deberán mantener el suministro de mercancia bajo las mismas condiciones y modalidades convenidas por la Empresa Diageo Venezuela C.A. y Distribuidora Juan de Dios Atacho C.A., en el contrato de distribución objeto de la demanda hasta tanto se decida la demanda principal de Cumplimiento de Contrato. Habiendo cumplido el Tribunal con su misión acuerda expedir copia certificada de la presente acta y dejarla al notificado y devolver la presente comisión debidamente cumplida al tribunal comitente y su reconstitución a su sede siendo las 11:35 a.m. Es todo.