REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS
En el día de hoy, Dos (02) de Julio del año Dos Mil Nueve (2009), siendo las nueve y cincuenta minutos de la mañana, se traslado y se constituyo el abogado CARLOS MARTINEZ PERAZA, Juez Cuarto de Municipio Ejecutor de Medidas y su Secretaría, Abogado Josefa Mantilla, en compañía del apoderado judicial de la parte actora, abogado Orencio Gabriel Briceño Leveron, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 23.199, en la siguiente dirección: locales comerciales identificados con las siglas 1-5ª, 1-5B, 1-5C, Y 1-5D, los cuales se encuentra integrados, ubicados en la Planta Baja del Centro Comercial Plaza Las Ameritas, situado en el Boulevard de El Cafetal, Urbanización El Cafetal, Municipio Baruta, Estado Miranda, a fin de practicar las medidas de ENTREGA MATERIAL decretada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, con motivo del Juicio que por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMATORIO) sigue el ciudadano GEANNI CORDONE PALANDRANI contra la sociedad mercantil CORPORACION REVI, C.A..- Una vez a las puertas de los locales comerciales identificados con las siglas mencionadas en el mandamiento de ejecución, el Tribunal procede a dar los toques de Ley, sin ser atendido el llamado judicial por persona alguna.-En este estado el apoderado judicial actor, expone: por cuanto al ser dados los toques de ley a las puertas de los inmuebles objeto de la presente medida no respondió persona alguna, pido al Tribunal se sirva designar cerrajero judicial a fin de aperturar la puerta de los mismos.-Es todo.-El Tribunal, vista y oída la exposición realizada por el apoderado judicial de la parte actora, la solicitud contenida en la misma, acuerda de conformidad en consecuencia designar para desempeñar el cargo de cerrajero judicial al ciudadano José Manuel Zambrano, quien es mayor de edad, venezolana, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nro. V.-15.821.325, quien estando presente acepta, presta el Juramento de Ley y entra de inmediato en ejercicio de sus funciones y procede a la apertura de las puertas de los locales comerciales objeto de la presente medida, dando así acceso al interior del mismo al Tribunal, los cuales se encuentran completamente libre de bienes muebles y personas.-En este estado dando cumplimiento al fallo dictado por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 30 de junio de 2008, se pone en la posesión y ENTREGA MATERIAL a la sociedad mercantil CORPORACION REVI, C.A., representada en este acto por su apoderado judicial, abogado Orencio Gabriel Briceño Leveron, antes identificado, los inmuebles constituidos por cuatro (04) locales comerciales identificados con las siglas 1-5A, 1-5B, 1-5C, 1-5D, integrados, ubicados en la Planta Baja del Centro Comercial Plaza Las Ameritas, situado en el Boulevard El Cafetal, Urbanización El Cafetal, Municipio Baruta del Estado Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente en el mandamiento de ejecución emanado del comitente los cuales se dan aquí por reproducidos en forma integra en la presente acta.- Acto seguido el apoderado judicial de la parte actora, expone: en nombre de mi representada, Corporación Revi, C.A, recibo en este acto el inmueble objeto de la presente medida complemente libre de bienes muebles, personas, joyas, dinero en efectivo de cualquier denominación y/o documentos comerciales.-Es todo.-El Tribunal, cumplida como ha sido su misión, concluye la presente actuación y dispone su regreso a la sede, siendo las once y cuarenta y cinco minutos de la mañana.- Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ TITULAR,
ABG. CARLOS MARTINEZ PERAZA EL APODERADO ACTOR
LA SECRETARIA EL CERRAJERO JUDICIAL
ABG. JOSEFA MANTILLA