REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO MIRANDA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
Coro, jueves 04 de junio de 2009
Años: 199º y 150º
Visto el convenimiento celebrado por las partes del presente juicio, celebrado en fecha 16 de enero de 2009, cuya actuación corre inserta al folio 15 de la presente pieza del expediente, donde comparecieron: el Abog. Sergio Colina, con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada, y la ciudadana Orleyda Reyes de Gómez, parte accionante, asistida por el Abog. Antonio Lilo Vidal, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25.379; mediante el cual, la parte demandada, representada por el mencionado abogado, convino textualmente así: “…en mi condición de apoderado de la parte demandada y autorizado por mis mandantes, vengo en este acto a convenir en la demanda y a entregar el inmueble objeto de esta demanda, por intermedio del Sr Iván Gómez el día domingo 18 de enero del año 2009, a las 2 p.m…”; asimismo, la parte actora manifestó textualmente: “…acepta el convenimiento ofrecido… y acuerda que los costos, costas y honorarios profesionales generados por esta demanda correrán por su exclusiva cuenta… sin que nada tenga que reclamar a la parte demandada por tales conceptos…”; solicitando ambas partes la homologación del mismo. En consecuencia, se provee de conformidad, por cuanto lo solicitado no es contrario a derecho; en tal virtud, este Tribunal Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA el presente convenimiento, dándosele el carácter de Cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.- Déjese copia del presente auto para el archivo de este Juzgado.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
Abog. YASMINA MOUZAYEK GUTIÉRREZ
LA SECRETARIA ACCIDENTAL
T.S.U. LISBETH PEROZO RIVERO
Nota: En esta misma fecha se certificó copia del presente auto para el Archivo del Tribunal. Conste.-
LA SECRETARIA ACCIDENTAL
T.S.U LISBETH PEROZO RIVERO
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