REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

En fecha 30/06/2009, se le da entrada al Mandamiento de Ejecución, emanado del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, contentivo de la Ejecución Forzosa sobre un Bien inmuebles plenamente identificados en el mismo; en consecuencia, este Tribunal a fin de darle fiel y estricto cumplimiento, ordena el traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, el día y hora que fije este Tribunal, una vez que lo solicite el interesado, la cual se fijará mediante auto separado.-
En fecha 15/07/2009, se dicta auto, donde se le da entrada a diligencia de fecha 15/07/2009, suscrita por el ciudadano Daniel Eljuri, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana Celimar Daniela Eljuri Rodríguez, asistido por el Abg. José G. Gómez, por medio de la cual consigna por ante este Tribunal Poder original en dos (02) folios útiles y copia simple a los fines de que se certifique y se devuelva el original, así mismo solicita se fije oportunidad para la práctica de la medida a que se contrae las presentes actuaciones; este Tribunal provee de conformidad y ordena su traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, a fin de practicar el Mandamiento de Ejecución a que se contrae el presente Despacho, fijándose para ello el día respectivo. A solicitud de la parte se libra Boleta de Notificación al Depositario Necesario designado; asimismo se acuerda libran oficios de notificación a los organismos competentes.
En fecha 21/07/2009 se dicta auto donde se le da entrada a diligencia de fecha 21/07/2009, suscrita por el ciudadano, Daniel J. Eljuri, asistido por el Abg. José G. Gómez, por medio de la cual consigna por ante este Tribunal Poder original en dos (02) folios útiles, otorgado por la ciudadana Celimar Daniela Eljuri Rodríguez. Este Tribunal tiene como parte en el presente Juicio a los ciudadanos Daniel José Eljuri y Daniel José Eljuri Rodríguez.
En fecha 22/07/2009 de levanta acta de Entrega Material, a fin de darle fiel cumplimiento al Mandamiento de Ejecución, emanado del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, contentivo de la Ejecución Forzosa sobre un Bien inmuebles plenamente identificados en el mismo, librado en el Juicio que por Resolución de Contrato, sigue el ciudadano Daniel Eljuri, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana Celimar Daniela Eljuri Rodríguez, asistido por el Abg. José G. Gómez, en contra del ciudadano Manuel Anis Majzoub Youssef; en dicho acto notificado como fue el ciudadano Alí Mustafa Nadi, quien se encuentra en el inmueble objeto de la presente acción, y solicita como fue la materialización de la Entrega Material, este Tribunal, una vez libra de bienes y personas el referido inmueble, Declara legalmente Desocupado el mismo y hace la entrega formal del mismo al ciudadano Daniel Eljuri, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana Celimar Daniela Eljuri Rodríguez, quien lo recibe conforme y a su entera satisfacción. Cumplido como ha sido el presente Despacho se ordena la remisión de las resultas del mismo al Tribunal de Origen. En fecha 27/07/2009 se remite, mediante Oficio Nº 196-2009, constante de diecinueve (19) folios útiles, debidamente cumplida.-