REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCION DEL L.O.P.N.A EXTENSIÓN CORO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución Sección Penal Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Santa Ana de Coro, 2 de Junio de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : IP01-D-2008-000161
ASUNTO : IP01-D-2008-000161
AUTO DE CUMPLIMIENTO DE SANCION
Por cuanto del cómputo de la SANCION efectuada por este Juzgado el día once (11) de Noviembre del año 2008 donde se evidencia que la Sanción que le fuera impuesta al adolescente sancionado IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA , fue por el lapso de seis (06) meses: se extinguió el día seis (06) de Mayo del año 2009 y tal como se evidencia en el folio 95 de la presente causa boleta de calificaciones del adolescente es por lo que se acuerda el cese de la Sanción al adolescente. Este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente de Santa Ana de Coro Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta la Cesación de la Medida al adolescente sancionado IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA , de conformidad con el articulo 647 literal h de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a las partes
Cúmplase.
El Juez de Ejecución
Abg. Nirvia Gómez González
El Secretario
Abg: Saturno Ramírez z