REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN CORO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Santa Ana de Coro, 28 de Junio de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-P-2009-001709
ASUNTO : IP01-P-2009-001709


AUTO DECRETANDO LIBERTAD PLENA

Encontrándose en funciones de guardia este Tribunal, recibió en fecha 22 de Junio de 2009, el presente asunto penal en ocasión a la solicitud interpuesta por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público, contra de los ciudadanos MIGUEL ANGEL FONSECA ALVAREZ, GERARD DAMIEL LANDAETA ATACHO, y GERARDO ANTONIO LANDAETA ATACHO, a los fines de que se les decrete Libertad incoada por la Fiscal Segunda (A) del Ministerio Público del Estado Falcón Abg. YUDITH MEDINA. En tal sentido, se realizan las siguientes consideraciones:

DE LA SOLICITUD FISCAL

En fecha 22 de Junio del 2009, la Fiscal Segunda (A) del Ministerio Público del Estado Falcón Abg. YUDITH MEDINA, interpuso escrito mediante el cual coloca a disposición de este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, a los ciudadanos MIGUEL ANGEL FONSECA ALVAREZ, venezolano, de 28 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15238521, nacido en Coro Estado Falcón, en fecha 18 de Agosto de 1981, profesión u oficio trabaja en refrigeración Automotriz, de estado civil soltero, hijo de Miguel Fonseca y Edna Álvarez residenciado Calle Garcés entre Cristal y Sierralta sector Chimpire una cuadra antes de llegar a los tres platos casa No. 13 de la ciudad de Coro estado Falcón, teléfono 0268-2511940, GERARD DAMIEL LANDAETA ATACHO, venezolano, de 28 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15558941, nacido en Coro Estado Falcón, en fecha 15 DE FEBRERO DE 1981, profesión u oficio trabaja en Técnico Superior en Administración, de estado civil soltero, hijo de Guillermo Landaeta y Amarilis Atacho residenciado Callejón Mi Cabaña, esquina calle Monzón, detrás del Shopping Center, Quinta Gema casa No. 15-2, de la ciudad de Coro estado Falcón, teléfono 0268-2512905, y GERARDO ANTONIO LANDAETA ATACHO, venezolano, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18888417, nacido en Coro Estado Falcón, en fecha 27 DE JULIO DE 1987, profesión u oficio trabaja en Estudiante, de estado civil soltero, hijo de Guillermo Landaeta y Amarilis Atacho residenciado Callejón Mi Cabaña, esquina calle Monzón, detrás del Shopping Center, Quinta Gema casa No. 15-2, de la ciudad de Coro estado Falcón, teléfono 0268-2512905, solicitando para los mismos se le decrete la Libertad Plena de los ciudadanos de conformidad con lo previsto en el artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

En efecto, tal y como se establece en el acta de Investigación Penal de facha 20 de junio del 2009, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual deja constancia de la forma como se logro la captura de los referidos ciudadanos, dicha acta corre inserta en el folio (16) de la presente causa.
En tal sentido, observa este Tribunal que de las actuaciones que conforman la presente solicitud, y siendo la representación Fiscal el titular de la acción, no se acreditan de las actas la comisión de un hecho punible, encontrándose llenos los extremos de los artículos 8, 9, 243 del Código Orgánico Procesal Penal y del articulo 44 de la Constitución Bolivariana de Venezuela, acuerda con lugar la solicitud de la fiscalía de otorgar la libertad plena al referido ciudadano. Y ASÍ SE DECIDE.-
DISPOSITIVA
Por todo lo antes dicho, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley RESUELVE: DECLARAR CON LUGAR la solicitud de Libertad presentada por el Fiscal Segunda del Ministerio Público del Estado Falcón y decreta a los ciudadanos MIGUEL ANGEL FONSECA ALVAREZ, venezolano, de 28 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15238521, nacido en Coro Estado Falcón, en fecha 18 de Agosto de 1981, profesión u oficio trabaja en refrigeración Automotriz, de estado civil soltero, hijo de Miguel Fonseca y Edna Álvarez residenciado Calle Garcés entre Cristal y Sierralta sector Chimpire una cuadra antes de llegar a los tres platos casa No. 13 de la ciudad de Coro estado Falcón, teléfono 0268-2511940, GERARD DAMIEL LANDAETA ATACHO, venezolano, de 28 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15558941, nacido en Coro Estado Falcón, en fecha 15 DE FEBRERO DE 1981, profesión u oficio trabaja en Técnico Superior en Administración, de estado civil soltero, hijo de Guillermo Landaeta y Amarilis Atacho residenciado Callejón Mi Cabaña, esquina calle Monzón, detrás del Shopping Center, Quinta Gema casa No. 15-2, de la ciudad de Coro estado Falcón, teléfono 0268-2512905, y GERARDO ANTONIO LANDAETA ATACHO, venezolano, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18888417, nacido en Coro Estado Falcón, en fecha 27 DE JULIO DE 1987, profesión u oficio trabaja en Estudiante, de estado civil soltero, hijo de Guillermo Landaeta y Amarilis Atacho residenciado Callejón Mi Cabaña, esquina calle Monzón, detrás del Shopping Center, Quinta Gema casa No. 15-2, de la ciudad de Coro estado Falcón, teléfono 0268-2512905, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8, 9, 243 del Código Orgánico Procesal Penal y del articulo 44 de la Constitución Bolivariana de Venezuela, LA LIBERTAD PLENA. Se ordena que la presente Investigación se siga tramitando conforme a las disposiciones atinentes al Procedimiento Ordinario.
Regístrese, Publíquese, Notifíquese y Remítase las presentes actuaciones a la Fiscal Segunda del Ministerio Público. Cúmplase.

ABG. OLIVIA BONARDE SUÁREZ
JUEZA SUPLENTE SEGUNDO DE CONTROL



ABG. CARLA OBERTO ROMERO
LA SECRETARIA


ASUNTO PRINCIPAL : IP01-P-2009-001709
ASUNTO : IP01-P-2009-001709
RESOLUCIÓN N° PJ0022009000301