REPUBLICA BOLIVARIANA
DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
SANTA ANA DE CORO: VEINTE (20) DE MARZO DE DOS MIL NUEVE (2009).
AÑOS: 198º Y 150º
Vista la solicitud de únicos y universales herederos, presentada por la ciudadana OMAIRA ROSA CHIRINO DE ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro 9.506.916, de este domicilio, asistida por el abogado ANTONIO ORITIZ NAVARRO, Inpreabogado Nro 67.754. Visto y examinado el justificativo de testigos evacuado por ante el Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, el acta de defunción, acta de matrimonio y partidas de nacimiento, que se acompañan a la presente solicitud. Este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo previsto en el Articulo 16 ejusdem, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, y en atención a lo solicitado y lo evidenciado en actas en donde consta que el Ciudadano WILLIAN RAMON ROJAS NAVARRO, falleció Ab-intestato en fecha: 21 de diciembre de 2008, como consta del Acta de Defunción expedida por el Jefe de Registro Civil del Municipio Miranda del Estado Falcón, en fecha 26 de diciembre de 2008. DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos: OMAIRA ROSA CHIRINO DE ROJAS, WILMAIRA COROMOTO ROJAS CHIRINO, CAROLINA YUSELI ROJAS CHIRINO y WILLIAM JOSE ROJAS CHIRINO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. 9.506.916, 14.489.511. 15.915.100, 19.252.270.
La presente declaración se emite, sella y firma en la sala de despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario del Transito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los veinte (20) días del mes de marzo de 2009. Entréguese el presente original al interesado. (vm).-
LA JUEZ TEMPORAL.


ABG. CECILIA HANSEN FANEITE. LA SECRETARIA:


ABG: DENNY CUELLO.
En la misma fecha se público la anterior decisión siendo las 10.30.a.m., previo el anuncio de Ley, quedando anotada bajo el No. 114 del Libro de Sentencias.
LA SECRETARIA