REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
SANTA ANA DE CORO: 27 DE MARZO DE 2009.
ANOS 198° y 149°.
Vista la anterior solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS POR MUTUO CONSENTIMIENTO, y sus recaudos anexos, presentada por los Ciudadanos JOSE DAVID ACOSTA RODRIGUEZ y MILEIDIS COROMOTO FREITES MEDINA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 13.724.949 y 16.894.256, respectivamente, domiciliados en la Calle Principal San Ignacio de la Parroquia La Soledad, Municipio Zamora, Estado Falcón, asistidos por el Abogado NUMA MIRANDA HIDALGO, Inscrito en Inpreabogado bajo el N°35748, désele entrada fórmese Expediente, numérese y tómese razón en los libros correspondientes, por cuanto la misma no es contraria al orden público, ni a las buenas costumbres ni a disposición expresa de la Ley, y por cuanto se da cumplimiento a lo preceptuado por el Artículo 189, del Código Civil Venezolano y 762, del Código de Procedimiento Civil, se le da entrada y estando presentes los solicitantes SE DECLARA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS en los mismos términos indicados en el libelo que encabeza estas actuaciones.
Notifíquese al Fiscal Octavo del Ministerio Público del Estado Falcón y Fórmese Expediente.
La presente declaración se emite, sella y firma en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los 27 de marzo de 2009. (xv).-
EL JUEZ TEMPORAL
ABG. EDUARDO YUGURI PRIMERA.
LA SECRETARIA
ABG. DENNY CUELLO
Nota: En la misma fecha se formo expediente quedando anotado en los Libros respectivos con el N° 9968. Se libro boleta de notificación al Fiscal Octavo del Ministerio Público del Estado Falcón. Quedo asentada bajo el No. 130 del Libro de sentencias.
LA SECRETARIA