REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN CORO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL


Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 24 de Marzo de 2009
198º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL: IP01-P-2006-000858
ASUNTO: IP01-P-2006-000858


AUTO DANDO RESPUESTA A SOLICITUD


De la revisión del asunto se observa SOLICITUD INTERPUSETA POR EL ABG. Eder Hernández, en su condición de defensor público sexto del ciudadano: JHOANIEL MOYEDA, investigado en el asunto penal IP01-P-2006-00858, en la cual manifiesta que en fecha 27-04-2008, este Tribunal en audiencia oral le otorgó un plazo al ministerio público para que este realizara el cato conclusivo correspondiente y hasta la presente fecha no se ha recibido ningún acto conclusivo es el motivo por el cual pide el archivo de las actuaciones ordenándose el cese de la medidas cautelares a las que se encuentra actualmente sometido el imputado de autos, conforme a lo previsto en el a 314 del COPP.

Del sistema juris 2000 se pudo observar que efectivamente en fecha 27-04-08 se llevo a cabo la audiencia de plazo prudencial y el tribunal fijo al Ministerio publico un plazo de Sesenta (60) día para que el Ministerio Público presentara el cato conclusivo correspondiente en la investigación y no ha sido presentado a los fines de poder emitir el pronunciamiento de ley y dar respuesta oportuna al solicitante y/o investigado de autos. Es por lo que este Tribunal acuerda en el presente auto la remisión de la presente solicitud como actuación complementaria de la causa principal al la Fiscalía del Ministerio Publico a los fines legales consiguientes. Es todo. Librese el correspondiente oficio y notifíquese al solicitante.



LA JUEZA CUARTA DE CONTROL
ABG. YANYS MATHEUS DE CAOSTA



LA SECRETARIA
ABG. OLIVIA BONARDE.