REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN CORO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL


Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 31 de Marzo de 2009
198º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-P-2009-000326
ASUNTO : IP01-P-2009-000326

AUTO DECRETANDO LIBERTAD PLENA

Visto el escrito presentado por la Fiscal única de transición del Ministerio Público del Estado Falcón, Abg. JUDITH MEDINA, mediante el cual solicita a este tribunal se pronuncie sobre la situación procesal del ciudadano MARCOS ROBERTO NAVAS, Venezolano, mayor de edad, y Titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 13.204.919, quien se encuentra requerido por el extinto Juzgado Segundo penal del estado falcón. Se impuso al Ciudadano del precepto Constitucional previsto en el artículo 49 ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, manifestando su deseo de no declarar. La defensa, abogada CARMARIS ROMERO SURT explano que no cursa en contra de su representado orden de aprehensión alguna y requiere a su favor Libertad plena. Este juzgador observa que de la revisión del sistema IURIS 2000 cursa causa seguida en contra del precitado Ciudadano la cual fuera sobreseída por el Juzgado Cuarto de Control ,de este Circuito Judicial penal, por lo que el Ministerio Público solicitó como parte de buena fe, Libertad sin restricciones a su favor y siendo que la titularidad de la acción penal es ejercida por el estado a través del Ministerio Público, tal y como lo estatuye el artículo 11 del Código Orgánico procesal penal, lo que resulta lógico afirmar y así también lo ha determinado la doctrina universal en los procesos acusatorios que es condición necesaria la solicitud de imponer o no medidas de coerción, previo requerimiento del Ministerio Público por lo que se ordena la libertad sin restricciones del Ciudadano MARCOS ROBERTO NAVAS y así se declara.

DISPOSITIVO

Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República, de conformidad con lo establecido en el ordinal 1° del artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Decreta la Libertad sin restricciones del ciudadano MARCOS ROBERTO NAVAS, antes identificado, de conformidad con lo previsto en el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Notifíquese a las partes de la presente Decisión. Remítanse con Oficio las Presentes actuaciones a la Fiscalía para el Régimen procesal Transitorio del Ministerio Público del Estado Falcón en su debida oportunidad. Infórmese al archivo de la presente resolución y actualícese la fase y estado del presente asunto en el Sistema Iuris 2000. Solicítese la causa principal a archivo a efectos de su remisión a la Fiscalía de origen. Cúmplase.

EL JUEZ QUINTO DE CONTROL

ALFREDO ANTONIO CAMPOS LOAIZA EL SECRETARIO

JUAN CARLOS JIMENEZ GARCÍA

Nota: En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado anteriormente

El Secretario






El Secretario