REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio de Punto Fijo
Punto Fijo, 25 de marzo de 2009
198º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2005-002368
ASUNTO : IP11-P-2005-002368
SENTENCIA ABSOLUTORIA TRIBUNAL UNIPERSONAL
IDENTIFICACION DE LAS PARTES
JUEZ: ABG. VICTOR MOLINA VALDEZ
FISCAL: ABG. ROMER LEAL DURAN
SECRETARIO: ABG. YENICE DÌAZ URDANETA
ACUSADOS: JOSE GREGORIO MORALES Y RONNY ALBERTO PEROZO
DEFENSOR: ABG. YRENE TREMONT
HECHOS Y CIRCUNTANCIAS OBJETO DEL JUCIO
En fecha 18 de julio de 2005, el Sargento 2do Víctor Morales, el Agente Israel carrasqueño, Distinguidos Jorge Rodríguez, Ángelo Salas, Willis Pineda, Javier Atacho, Samuel Ramírez Jesús Torrealba y la Brigada Femenina Janeth Sánchez, funcionarios adscritos a las Fuerzas Armadas Zona 2, se encontraban realizando labores de patrullaje por el Sector Andrés Eloy Blanco, cundo fueron objetos de disparos por parte de un ciudadano quien se emprendió veloz huida internándose por una de las casas del sector, los funcionarios policiales al entrar a la residencia donde se introdujo la persona que le efectuó los disparos a la comisión se percatan que sobre una mesa de material sintético de color blanco y ha simple vista se observaba dentro de un plato de material sintético varios envoltorios tipo cebollita de material sintético de color azul, donde procedí a colectar y verificar los mismos, siendo 76 envoltorios de material sintético de color azul y anudados en su parte superior con hilo de coser de color negro, contentivos en su interior de una sustancia blanda al tacto con un olor fuerte y peculiar al de una presunta sustancia ilícita, y sobre la misma mesa fueron colectados una cuchara de metal, un colador de material sintético de color blanco con bordes de color amarillo, varios recortes de material sintético de color azul, varios trozos de hilo de coser de color negro, material utilizado para la elaboración de dichos envoltorios. Que luego de las experticias se determino ser cocaina.
HECHOS QUE EL TRIBUNAL ESTIMA ACREDITADOS
• Del testimonio del funcionario RAFAEL ANGEL MOTA GOTOPO, V.- 13.203.309, soltero, 30 años, Detective adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-delegación Punto Fijo, a quien se le impuso del precepto del artículo 242 del COPP y debidamente Juramentado expuso lo siguiente: “se le practico experticia a unos objetos a un colador, una cuchara, recortes de material sintético, y dinero de un procedimiento de la policía local, el dinero eran 13.000 Bs., es todo”. De seguidas el Fiscal Pregunto: -¿de acuerdo a la experiencia que usted tiene en la institución, y de lo que usted reviso, son utilizados para que? Normalmente son utensilios de cocina, utilizados en este caso para sustancias ilícitas. -¿de donde concluye eso? Por los recortes de material sintético, y los coladores. Es todo. De seguidas la Defensa Pública preguntó: -¿Usted efectuó la experticia e indico el motivo por el cual se realizaba? Si, allí esta el delito. -¿describió los objetos sometidos a su peritación? Si. -¿Cuándo el fiscal le pregunta que tipo de uso se le da a esos objetos? Utensilios de cocina. -¿indicó el estado o modo en que se encontraban cada uno de estos objetos? Si. -¿efectúo una relación detallada de las descripciones de las evidencias? Exámenes no solo descripciones. -¿indico el resultado de la experticia? Solo la descripción. Y en las conclusiones. -¿efectuó una parte de la experticia que indican conclusiones? Si al final. Es todo. De seguidas el Juez pregunto: -¿la experticia consiste en que? Lo que yo pude apreciar de los utensilios y los usos particulares. -¿practico otros exámenes a esos utensilios? No, solo describí los objetos. De seguida visto que no existe ni testigos ni expertos por evacuar
• Del testimonio del funcionario MERLYS JUALIMAR HERNANDEZ PEREZ, V.- 12.184.749, soltero, Ingeniero Químico en rango de Inspector Adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Falcón, a quien se le impuso del precepto del artículo 242 del COPP y debidamente Juramentado expuso lo siguiente: “reconozco mi firma, se esta en presencia de una experticia química porque se recibió un alícuota de una sustancia de color blanco la cual fue sometida a una series de análisis de orientación como el tiozanato de cobalto, y luego las pruebas de certeza, en la cromatografía en capa fina, en este caso, nos dio una cocaína en forma de clorhidrato, señalando los efectos irreversibles de los ciudadanos que consumen dichas sustancias, es todo.” De seguidas el Fiscal no formuló ningún tipo de preguntas. De seguidas la Defensa Pública preguntó:
• -¿sabe de que procedimiento procedía la sustancia ilícita? Se recibe con una cadena de custodia. -¿usted tiene conocimiento donde fue colectada? No tengo conocimiento. -¿tiene conocimiento de la fecha lugar donde se colecto? Se recibe con cadena de custodia y con un oficio de fiscalia sin tener vinculación con el procedimiento. -¿se deja constancia de las trasmisiones de la cadena de custodia? si. Es todo. De seguidas el Juez no formuló preguntas. De seguida visto que no existe ni testigos ni expertos por evacuar se aplaza la continuación del presente juicio para el día 16 de marzo de 2009 a las 02:00 de la tarde
• Del testimonio del funcionario VICTOR RAMON MORALES CASTRO, V.- 9.928.266, soltero, Sargento Primero de la Brigada de Orden Público en Coro, a quien se le impuso del precepto del artículo 242 del COPP y debidamente Juramentado expuso lo siguiente: “eso fue el 18-06-2005, me encontraba realizando labores de patrullaje, en el inmueble ingresamos y e la casa estaba una mesa de plástico y con uso envoltorios de una sustancia ilícita y nos fuimos porque nos cayeron a piedra y a disparos, es todo.” De seguidas el Fiscal preguntó: -¿Qué función cumplió? Jefe de la comisión. -¿esos disparos se los efectuó a quien? A la comisión policial. -¿el sujeto estaba donde? En la dirección opuesta y el señor ingresara a la casa. -¿Qué hacia antes? Estábamos de patrullaje rutinario. -¿Cuáles era las características de ese sujeto? No lo recuerdo. -¿a que distancia estaban? Como 25 metros. -¿los observo y les disparo? Si y luego tratamos de alcanzarlo. -¿alguna vez había visto a ese ciudadano? No lo se, pero el sitio es bastante peligroso por allí, porque a las unidades policiales les dispara. --¿observo los disparos? Nosotros vamos bajado, el se detiene, da la vuelta, sale corriendo, yo escuche las detonaciones. -¿Qué ocurrió luego? Saltamos y nos pegamos detrás de el. -¿las detonaciones a que distancias se encontraban? 25 metros. -¿era una línea directa? En una calle. -¿había algún callejón? No, el se metió en un inmueble con la puerta abierta y el ciudadano se mete a la casa y siguen saltando solares vecinos y llegaron hasta la playa, me acompañaba. -¿Qué función cumplió la brigada femenina? Se quedo en la unidad con el conductor. -¿Qué observo usted? Veo a dos ciudadanos que estaban en el inmueble, y sobre una mesa estaba unos envoltorios, los ciudadanos estaban en un pasillo. -¿observamos a unos ciudadanos? Al cruzar la sala, Rodríguez y atacho los vieron y el ultimo que ingresa soy yo. -¿quine observo de primero la vivienda? Pineda y la sustancia estaba en una mesa de color blanco. -¿sabe si ellos observaron la sustancia? No lo se, creo que fue pineda que vio la sustancia. -¿recuerda usted que sustancia se encontró en la vivienda? En cocaína en forma de envoltorios tipos cebollitas. -¿Quién le informo? Ellos y Samuel Ramírez la colecto. -¿Qué ocurre con los ciudadanos? No lo recuerdo. Ellos estaban en el pasillo. Ellos estaban de pie los dos, allí había la mesa con la sustancia, no recuerdo que mas había, nosotros ingresamos la sala, la mesa, el pasillo y la sustancia y los ciudadanos. -¿recuerda usted en que parte estaba? Recuerdo que estaba en el pasillo, no recuerdo donde. -¿observo la sustancia? Si, estaba sobre la mesa del lado izquierdo al ingresar. -¿era el mismo cubículo de la ciudadana? Si en el pasillo, y habían varios cubículos a los lados. -¿les mencionaron algo? No. De seguidas la Defensa Pública preguntó: -¿Quién era el Jefe de la comisión? Yo y 7 funcionarios, estábamos en la P208, quienes estaban en la parte delantera el conductor y mi persona. -¿Cómo se llamaba? Israel Carrasqueo. -¿la parte trasera aunque estaban? Rodríguez, Atacho, Salas , Torrealba, Sánchez. -¿se encontraban de guardia ese día? Si. -¿Qué les motiva a patrullar por esa zona? Recorrido rutinario. -¿en ese momento del recorrido por cual zona s encontraba? En el barrio Andrés Eloy blanco. -¿hora e que se inicia el patrullaje? Desde las 2: 00 de la tarde hasta las 12:00 de la noche. -¿en que momento se percata de un ciudadano? Cuando vamos bajando y el viene subiendo. -¿Qué paso con ese ciudadano? No lo se. -¿Qué funcionarios eran los encargados de la aprehensión? Jorge Rodríguez y Javier Atacho, fueron los primeros de desbordados y en salir a perseguir. -¿Cuánto tiempo duro la persecución? O lo se, pasaron por varios solares. -¿huyo el ciudadano por haber brincado en varios solares? Si. -¿Cómo fue el acceso y porque a la vivienda? Por los disparos que se recibieron contra la comisión policial. Corrimos tras el porque estaba la puerta abierta. -¿Cuántas personas se encontraban presentes en ese inmueble? Dos. -¿usted es la persona que tiene el primer contacto con los ciudadanos? O, porque yo soy el ultimo que ingresa. -¿todos tenían la orden de perseguir? Si, es una orden. -¿usted fue el que mantuvo contacto directo con sus subalternos? Todos van detrás de el y los demás ciudadanos nos quedamos en el inmueble. -¿cuantos funcionarios fueron en búsqueda del evadidos? 02. -¿Cuántos se quedaron dentro del inmueble? 04 porque el conductor y la brigada no entraron a la vivienda. -¿en que aspectos se llamo la atención de ese inmueble? Porque a simple vista se evidencio lo de los envoltorios. -¿Quiénes la colecto? Samuel Ramírez. -¿efectuaron Acta de Visita domiciliaria? Si. -¿conocía al ciudadano Ronny Alberto Perozo y a Morales? No. -¿usted había formado parte de una comisión donde estos ciudadanos estaban relacionados con algún delito? No. -¿recuerda si se encontró e una comisión donde resultara detenido un ciudadano de nombre Francisco Perozo? No recuerdo. -¿Qué tipo de comunicación manifestaron los ciudadanos presentes en la vivienda? Ningún tipo de comunicación. -¿opusiera resistencia? No. A mi nunca me preguntaron Nada lo demás lo desconozco. -¿se encontraban personas distintas ese día? No. -¿la funcionaría Janet Sánchez ingreso al inmueble? No. -¿recuerda las evidencias? 76 envoltorios tipo cebollitas de material sintético. -¿las personas firmaron el acta? Yo le doy funciones que deben cumplir. El distinguido jorge Rodríguez era el encargado de levantar el acta. -¿usted firma el acta de visita domiciliaria? Si. -¿se levanto dentro del inmueble? No, por la lluvia de piedras, si se levantó el acta se levantaría e el comando por la lluvia de botellas en el lugar. Es todo. De seguidas el Juez formuló preguntas: el ciudadano juez le solícita al testigo que explica en la pizarra. -¿Cuánto duro el procedimiento? No más de 15 minutos. -¿fue el ultimo que entro a la vivienda? Si. -¿Qué estaban dentro? Unos envoltorios. -¿Cómo estaban los ciudadanos? Cuando yo ingreso ellos estaban de pie. -¿y la droga? En la mesa. -¿usted vio la sustancia luego que entran los 4 funcionarios? Si, luego de 3 minutos. -¿en algún momento visualizo testigos? En ese sector toda esa manzana distribuye droga y nadie se iba a prestar. -¿registraron toda la casa? No, solo los revisamos, a los ciudadanos los revisamos y los identificados. -¿ustedes levantaron el acta? Si en el comando, por la nube de piedras me tuve que ir. -¿llaman a los apoyos? No lo hice. -¿incauto algún tipo, armas? No, solo un dinero. -¿dentro de las investigaciones, observo y escucho detonaciones? No. -¿Quién levanto el acta? Rodríguez. -¿usted lee el acta que firma? Si. -¿usted estuvo 50 minutos dentro del inmueble? El acta se levantó e el comando, el rol del escribiente lleva el tiempo de terminar el acta. -¿le pregunto a los vecinos si desean como testigos? Si, le indique a los que estaban en la parte de afuera que me ubicarán los testigos. -¿usted estaba donde? Yo estaba dentro del inmueble. Es todo.
• Del testimonio de la funcionaria JANETT YNMACULADA SANCHEZ, V.- 12.184.922, soltero, Distinguido de PoliFalcón, a quien se le impuso del precepto del artículo 242 del COPP y debidamente Juramentado expuso lo siguiente: “el 18-06-2005 estábamos por el Andrés Eloy en la calle progreso en la Unidad 208, cuando se escuchan unas detonaciones y los demás efectivos se introducen en una vivienda enmontada allí, salieron los ciudadanos, tuvimos que salir de allí porque nos cayeron a piedras”. es todo.”De seguidas el Fiscal preguntó: -¿salieron porque? Yo iba en el cajón y se escucharon unas detonaciones, eso fue en la calle progreso, fue como a las 4 de la tarde. -¿sabe de donde provinieron esas detonaciones? No. Porque yo escuche no vi nada. -¿desde el sitio de las detonaciones y la parada de la patrulla que distancia había? Como de 10 a 15 metros. -¿se paran producto de que? Porque los muchachos desbordan de la unidad, yo me quede con el chofer de la unidad, me baje del cajón y me metí en donde el chofer. -¿Qué funcionarios descendieron de la unidad? Torrealba, Atacho y Pineda. -¿porque se estaciona la unidad? Por los tiros creo. -¿se dio cuenta a donde se dirigieron los funcionarios? Si, iban a una casa. -¿recuerda quienes salieron de esa vivienda? El sargento, Torrealba y no recuerdo mas. -¿Cuántos funcionarios salieron? 5 o 6 funcionarios, era todos. -¿Cuánto tiempo permanecieron dentro de la casa? 10 a 15 minutos. -¿Qué ocurría afuera de la unidad? Pendiente de los demás muchachos. -¡a quien se refiere? Rodríguez y Atacho fueron los primero que descendieron. -¿estaba afuera de la unidad? Normal hasta que empezó la tiradera de piedras. -¿cuanto tiempo transcurrió? Las personas empezaron a amontonarse como 10 a 11 minutos, yo siempre estuve en la Unidad. Como 6 minutos pasaron hasta que lanzaron piedras, y como 15 minutos duro el procedimiento. -¿el ataque fue fuerte? No, pero si lanzaban sus piedras, constante. -¿se sintió amenizada? Si. -¿solamente salieron los funcionarios? Salieron solo los ciudadanos, era por droga, no se quien la consiguió, no se que tipo de sustancias. -¿Cuánto tiempo permanecieron dentro de la vivienda? De 10 a 15 minutos. -¿se podía observar la vivienda? No, o recuerdo su apariencia. -¿Cuándo llegaron la vivienda estaba cerrada? No se. -¿hubo alguna persecución? Me imagino que siguieron a una persecución. Ese fue el motivo por el cual se introdujeron allí. -¿lo se porque me informaron? Si. -¿ese ciudadano fue aprehendido? No. De seguidas la Defensa Pública preguntó: -¿Cuál fue la directriz de ese procedimiento? Morales, era el jefe y yo me mantenerme con el conductor de la unidad. -¿su función en general cual es? Cuando haya féminas hacer las inspecciones. -¿si se encuentra una mujer porque o ingreso? A porque si la encontraban ellos me llaman luego. -¿se ingreso al mueble? Estaba en las afueras de la vivienda. -¿ingreso o no? No ingrese. -¿usted firmo un acta en ese procedimiento? En el momento allí no. -¿usted estaba en compañía de quien en las labores de patrullaje? De varios ciudadanos, yo estaba en el cajón de la unidad, estábamos dos o tres de mi compañeros, no recuerdo con quienes. -¿afuera cuantos iban? Tres iban guindado. -¿Cuándo desbordan sa unidad y porque? Cuando escuchan las detonaciones. -¿estuvo al momento de culminar el procedimiento? Si. -¿llego a observar la presunta sustancia licita? No. -¿sabe quien la colecto? Si. -¿se retiran en grupo todos? Si, junto con los detenidos. -¿Dónde se encontraba usted? Si. -¿Quién mas estaba allí? Mas nadie. -¿supo de lo colectado? No la vi, lo supe cuando le estaban leyendo los derechos posteriormente. De seguidas el Juez preguntó: -¿vio la sustancia? No. -¿buscaron testigos? No hubo testigos. -¿buscaron testigos? No lo recuerdo. -¿recuerda la hora? De 4 a 5 de la tarde. -¿Cuánto tiempo duro? De 10 a 15 minutos. -¿usted firma el acta policial? Si estoy en la comisión y se me informa de los hechos, yo igual firma. -¿observo que levantaran un acta? Dentro no creo, se que en la zona levantaron una acta. -¿levantaron el acta donde? En el comando, eso fue en el comando, no recuerdo donde se levantó, se que se les leyeron los derechos en la unidad detrás de la patrulla atrás de la unidad. -¿recuerda la hora e que termino? Como a las 5:00 o 5:30 de la tarde, no lo recuerdo. -¿luego de ese procedimiento que hacen? Nos vamos al comando directo. -¿Qué tiempo se toma de allí al comando? 20 minutos. -¿Cuál hora es la ponen en las actas del comando? Cuando uno lleva las actuaciones al comando. -¿tardaron 2 horas allegar al comando? Seria. -¿llevan algún tipo de protección en la unidad? No. Es todo. De seguidas se hace pasar a la sala al ciudadano quien dijo ser y llamarse
• Del testimonio del funcionario JORGE LUIS RODRIGUEZ PRIMERA, V.-14.028.226, soltero, Cabo Segundo Adscrito a PoliFalcón, a quien se le impuso del precepto del artículo 242 del COPP y debidamente Juramentado expuso lo siguiente: “si es mi firma, la fecha es 18-072005 a las 4:00 de la tarde nos encontrábamos en el barrio Andrés Eliy en la calle Progreso en la unidad 208 y con el jefe de la comisión Víctor Morales, Henry Atacho, Naggy Losada Willi Pineda, en ese momento yo iba como auxiliar, escuchamos unas detonaciones yo iba guindado del lado derecho y cuando la patrulla acelera me tiro del camión y veo un ciudadano alto, moreno y se introduce en una vivienda de color verde, sigo en persecución del mismo, el ciudadano sale a la parte de atrás, me le pego, se me sube en una pared y cae en la casa de la vecina y sigo y se me perdió en una bajada de un muelle, luego escuche un alboroto y me regreso por la calle y esta la gente alborotada y afuera estaba la brigada y el conductor Carrasquero que estaba en la unidad, llegue y me dijeron que consiguieron droga, el sale y me dice que consiguiera testigos, la gente se negó y ya había una alboroto, el sargento salio con dos ciudadanos y arrancamos y se le leyeron los derechos en la patrulla y el sargento e el comando me puso a ser el acta de visita domiciliaría, es todo.”. De seguidas el Fiscal preguntó: -¿Dónde iba usted? Atrás, con Pineda, salas, Torrealba, Yaneth. -¿Qué los motivo a actuar? Las detonaciones que se escucharon. -¿Cuántos metros se traslada la unidad? La reacción de nosotros fue inmediata y veo un tipo y salgo yo, yo lo alcance y el que iba del lado es mas gordo, yo fui primero que ingrese a la casa. -¿entro solo a la casa? Si. -¿tuvo visión directa del ciudadano? Si. -¿Qué ocurre después? Entre y Salí, la reja estaba abierta y salgo por detrás a un solar, salta y yo voy atrás de el, mis otros compañeros vienen atrás mió, todos salieron corrido. -¿hacia donde se dirigió? Hacia los techos, se me perdió porque hay una bajada, un monte y unos muelles. -¿se quedo en el solar? El se le pierde y cae. -¿Qué ocurrió? Salte y me fui a ver la patrulla. -¿Quién le dijo que había droga? Uno de los que estaban en la puerta. -¿Por qué tenían que partir? Por las piedras, cuando yo llegue vi que estaban lanzando las piedras. -¿vio la droga? En el comando. -¿Cuántas veces ingreso la vivienda? Una vez. -¿cuanto tiempo duro el procediendo? Como 20 minutos. -¿Cuánto tiempo permaneció e la vivienda fuera de la persecución? Fue rápido. -¿recibieron algún impacto? No. -¿Quiénes permanecieron en la unidad? El conductor y la brigada. -¿Qué funcionarios estaban dentro de la vivienda? Todos, menos la brigada y el conductor. -¿Qué ocurrió? Me piden que ubique dos testigos y como la gente estaba alborotada, el sargento me pidió que buscara dos testigos porque había droga fue torrealba quien me lo informo. -¿Dónde me para usted? En la acera. -¿Qué funciones cumplió usted allí? Seguridad externa. -¿Cuál es su función? Resguardar el área externa del inmueble. -¿Cómo llega a ser seguridad externa? Yo resguarde a los funcionarios. -¿recuerda que hizo luego al ingresar al inmueble? No, porque yo entre y Salí. -¿observo el inmueble? No, observe una cocina de metal y una bombona y una batea, mas nada. Observo lo que yo veo de frente. -¿atravesó algún pasillo? Era una sala. -¿habían uno o varios cubículos? Si, yo se que había un cubículo grande luego l solar. Dentro de la vivienda había una cocina, observe siluetas dentro de la casa. -¿Por qué no se devolvió a la casa? Porque mi objetivo era el ciudadano no la casa, me devolví por fuera sin pesar lo que había en la casa. De lado izquierdo observe las siluetas en el área. -¿Cuánto tiempo permaneció afuera? Retorne y me quede parado vi la aglomeración de la persona, cayeron piedras en la casa. -¿Qué personas salieron de la casa? Los efectivos, yo vi cuando ellos salieron, salieron con una bolsa, no recuerdo lo que contenía la bolsa, era una bolsa con envoltorios, es todo. De seguidas la Defensa Pública preguntó: -¿de cuantas personas estaba conformada la comisión? 8 aproximadamente. -¿el nombre? De algunos: Sargento el jefe de Comisión Víctor Morales, el estaba de copiloto en la unidad patrullera. Carrasquero era el conductor, Jesús tOrrealba, Atacho, Sánchez, Salas, Pieda, mi persona. -¿de que se encargo Janet Sánchez? Ella estaba fuera de la vivienda, la vi fuera de la vivienda cuando regreso. -¿estaba el conductor afuera? Si, el nunca se baja. -¿atacho que hizo? Yo corrí en persecución, el no pudo subir al techo y se quedo allí. Se quedo en el solar. -¿Salas que hizo? No se. -¿pineda que hizo? Ingreso después, desconozco. -¿torrealba que hizo? Entro después. -¿los funcionarios se quedaron en el inmueble? Luego que yo regreso es que los veo, menos Carrasquero y la brigada. -¿Qué labores ejercían luego? El conductor no puede dejar sola la unidad y la brigada espera que lleguen y se les designe funciones. -¿recuerda haber firmado u acta de visita domiciliara? Si. -¿Dónde se levanto? En el comando. -¿dentro del inmueble se levanto u acta donde se señalara los cuartos y lo encontrado, las personas? Se anoto, se tomo nota dentro. En el comando lo que se hizo fue pasarla, yo firme el acta en el comando. -¿usted una vez que se devuelve regresa e indica que regresa por la calle, cual es su función que ejerce y con quien se comunica? Con la brigada y con Carrasquero. -¿tuvo contacto con la brigada y con carrasquero? Si. -¿con cuales compañeros tuvo comunicación? Con la Brigada y Carrasquero y uno de ellos me dijo que había droga, que nos apuráramos. -¿Quién le ordeno que buscara testigos? Carrasquero. -¿el entro y le dijo al sargento? Carrasquero entro al inmueble y volvió a salir. -¿la brigada ingreso al inmueble? No. -¿usted observo en el momento cuando se retornaron, regresaron todos? Si, nos fuimos todos. -¿resultaron aprehendidas personas? Si, dos personas. -¿Usted puede describir que era lo que se encontraba a su paso? Una reja estaba abierta, había otra pero estaba abierta, había una cocina y una batea que fue donde me subí para llegar al techo, eso fue lo que yo pude visualizar. -¿observo algún tipo de sustancia ilícita? No. -¿observo alguna mesa que le impidiera el paso en la casa? No. De seguidas el Juez preguntó: -¿Cuánto duro todo el procedimiento? Como 20 minutos, 50 minutos tardo todo el procedimiento hasta el llegar al comando, el procedimiento era como a las 4:00 de la tarde. -¿llegar al comando cuanto tardo? Como 10 minutos. -¿Cuál es el procedimiento cuanto tarda? 10 minutos. -¿llego a las 5:00 de la tarde, cuando duran too eso? Uno los baja, y otro se encarga del acta, otro colecta y busca al sargento, cada quien tiene su función allí. -¿el acta de visita donde se llena? E el inmueble pero por las circunstancias se presentaron en el comando. Siempre se hace en la casa pero la hicimos en el comando y firmaron el acta en el comando? Es su letra? Si. -¿Quién le dio los datos del acta? Uno de los funcionarios y yo lo reflejo en el acta. -¿y porque no se había levantado en computadora? Porque esa era la que se hace en la casa. Yo actuó bajo las instrucciones del sargento. -¿Quién ordeno que se motaran en la patrulla? El sargento. -¿carrasquero para que esta? Es el conductor de la unidad. El sale de la unidad y no puede dejar a la brigada sola afuera, el hablo con morales y le dije que le manifestara al sargento que estaban tirando piedras, cerraron la puerta y nos fuimos. -¿Dónde estaba? En el momento de las detonaciones estaba atrás el camión, yo vi la persona corriendo, yo escuche el impacto. -¿observo la sustancia incautada dentro del inmueble? No, la vi solo en el comando
• Del testimonio del funcionario WILLI ANTONIO PINEDA, V.- 15.097.296, soltero, Distinguido adscrito a la Zona Policial Nro. 08, a quien se le impuso del precepto del artículo 242 del COPP y debidamente Juramentado expuso lo siguiente: “el día 18-06-2005 a las 4:00 de la tarde nos encontrábamos en un recorrido por el Andrés Eloy Blanco, se visualizo a un ciudadano que opto por dar carrera y disparo a la fuga, Atacho y Rodríguez lo persiguieron, yo seguí hacia la parte derecha buscando dar la vuelta por el inmueble para rodearlo y se nos hizo imposible porque había un barranco y no se podía llegar mas allá, luego, los vecinos nos agredieron en el sector y se tuvo que salir rápidamente del inmueble, es todo.” De seguidas el Fiscal preguntó: -¿su Nombre? Willis Pineda. -¿usted observo a la persona cuando disparo? No lo observe. -¿Cómo sabe que disparo? Se escucharon las detonaciones. -¿Qué paso después? Yo estaba en la unidad dentro del cajón. -¿Qué hizo usted? Corrí por la parte derecha de la vivienda. -¿observo cuando ingresaron a la vivienda? Si, lo que ocurrió adentro no se porque yo no ingrese con ellos, también ingreso Morales y Torrealba, Rodríguez y Atacho. -¿Quién le informo de la droga? Morales, desconozco quien la incauto. -¿vio la droga? La revisamos en el comando. -¿vio lo que colectaron los funcionarios? No. -¿Quiénes salieron de la casa al salir del procedimiento? No lo recuerdo. Atacho, Jorge Rodríguez y Jesús Torrealba, salieron por el frente de la casa y los dos detenidos. No recuerdo las características de los detenidos, tenían en su poder las sustancias ilícitas, en una mesa con la sustancia. -¿Cuánto tiempo duró el procedimiento? De 35 a 40 minutos, no recuerdo mas. -¿Por qué cree que duro esos 35 minutos? Porque nosotros no estábamos revisando la casa y por el lanzamiento de objetos contundentes. -¿hubo funcionarios detenidos? No. -¿Quiénes permanecieron de forma permanente allí? La brigada Sánchez, el agente Samuel Ramírez, Carrasquero dentro de la unidad. -¿Qué función cumplió dentro del procedimiento? Busca unir la parte trasera de la vivienda. El distinguido Jorge Rodríguez siempre estuvo dentro. No salio por otra vía. De seguidas la Defensa Pública preguntó: -¿ingreso al inmueble? No. -¿su función fue? Tratar de cubrir la parte externa del inmueble, seguridad externa. -¿esa fue la indicación? No fue una orden, ya nosotros trabajamos así e los procedimientos. -¿Cuál fue el procedimiento que tuvo del procedimiento de ese día? Supe que se había encontrado una sustancia ilícita. -¿solo el sargento le informo? Si, solo el me informo lo que había ocurrido dentro del inmueble. -¿firmo algún acta de visita domiciliaria dentro del inmueble? No recuerdo si la firme exactamente. -¿colecto o vio algún tipo de sustancia ilícita? No. -¿Quiénes se encontraban Janet Sánchez? En la parte externa. El conductor estaba en la Unidad. Yo también estaba en la parte externa junto a Samuel Ramírez y Angelo Salas. -¿Cuántos funcionarios iban? 9 funcionarios del total y de los cuales 5 estaban afuera. -¿Javier Atacho que hizo? El salio en persecución del ciudadano. -¿este funcionario luego se integra con lo funcionario en la parte externa? No. -¿algún otro se integro en la parte externa posteriormente? No. De seguidas el Juez formuló las siguientes preguntas: -¿nunca se consiguió con el funcionario Jorge Rodríguez? No salio por allí. -¿vio que en algún momento ese funcionario policial brinco solares? Desconozco. -¿escucho los disparos? Si. -¿observo a la persona que los efectuó los disparo? No. -¿Qué hizo usted? Me baje de la unidad y no ingrese a la vivienda, no vi sustancia, la sustancia la vi en el comando. -¿escucho que buscaran testigos? En ese procedimiento no se contó con testigos, el sargento dio la orden para buscar testigos. -¿recuerda esa acta? No recuerdo, no recuerdo si la firmo en el sitio. -¿Qué tiempo duro en el procedimiento? Como 40 minutos, luego nos fuimos al comando de la zona 02. Es todo.
• Del testimonio del funcionario JAVIER VILOMAR ATACHO DE LEON., V.- 15.704.384, soltero, Distinguido de PoliFalcón, a quien se le impuso del precepto del artículo 242 del COPP y debidamente Juramentado expuso lo siguiente: “nosotros estábamos en la Unidad 208, visualizamos un ciudadano que hizo varias detonaciones de la misma, se introdujo en una vivienda, al entrar a la vivienda vimos a un ciudadano y seguimos al ciudadano, el sargento morales estaba con dos ciudadanos y una mesa con dos envoltorios, el agente Torrealba los inspecciono, a uno de ellos se le inspecciono un dinero en efectivo, nos tiraron piedras y botellas y nos fuimos del sitio, en la unidad los derechos se los leyó Willis Pineda. Es todo.” De seguidas el Fiscal preguntó: -¿El procedimiento se ejecuta motivado a que? Motivado a un ciudadano que nos disparo de la unidad, porque yo lo vi, yo iba en la parte derecha de la unidad. El salio corriendo, lo perseguimos rápidamente, Rodríguez, Mi persona y el sargento Morales y luego Torrealba. -¿el sargento también corrió? Si, en principio solo nos bajamos los 3. -¿con quien persiguió? Con el distinguido Rodríguez, luego vemos que se introntroduce en la casa verde, veo la habitación que da a la playa y veo, vi una mesa de lado izquierdo. -¿Cómo observo esa mesa? Porque vas pendiente de todo lo que esta viendo. -¿vio lo que había en la mesa? Al entrar y devolverme. -¿hacia donde se dirigen? Había una pared, no lo pudimos alcanzar el se brinco, pero desconozco no se por donde escapo y nos devolvimos, primero yo y después él. Luego vi lo que tenia el sargento en la mesa, el colador, la cuchara de metal. -¿usted que pensó que era? Por el olor que emanaba era una sustancia. -¿Qué era? Una sustancia ilícita, -¿Cuándo se regresa como era la casa? Habían unos pasillos con varios compartimientos. -¿recuerda las características de esa persona? De piel clara, su actitud era de sorpresa, y el sargento morales hablo con los ciudadanos, no recuerdo que hablo con ellos. -¿Cuánto tiempo duro? 30 a 40 minutos. -¿Quién mas ingreso? Torrealba que los reviso. -¿Qué hicieron los demás funcionarios? No ingresaron a la vivienda, Pineda, Salas, y carrasquero, Sánchez. -¿Qué hizo la brigada femenina? No le se decir. -¿Qué ocurrió afuera con la gente y la unidad? Las personas eran hostiles, no tiraban piedras y botellas. -¿lesionaron algún funcionarios? No recuerdo. De seguidas la Defensa Pública preguntó: -¿Cuál fue su primera actuación? Cuando Salí corriendo a la vivienda, Rodríguez, Morales y mi persona. -¿Cuál fue su recorrido? Corriendo por la calle y luego ingrese a la casa, Rodríguez iba adelante y luego nos introducimos en la vivienda, luego me devolví. -¿Qué observa luego? Me devuelvo y Rodríguez también, yo primero y el después. -¿Cuánto tiempo se efectuó toda la persecución? Fue rápido. -¿Rodríguez que hizo? Persiguió y se devolvió. -¿una ves que ven la pared baja termino la persecución? De mi parte si. -¿recuerda dentro de la vivienda haber firmado un acta de visita domiciliaria? No recuerdo. -¿efectuó algún tipo de acción en el inmueble? De resguardo cuando me devolví con el sargento. -¿Qué le informa el sargento? Los envoltorios, el colador, la cuchara de metal. -¡los había visualizó al momento del inmueble? A la primera no lo pude detallar pero luego si. -¿Jorge Rodríguez visualizo en el inmueble? Si, estuvo junto nosotros. -¿recuerda si ese funcionarios si estuvo con usted y Morales después de la persecución? Si. -¿Quién levanta el acta de visita domiciliaria? El sargento va al comando y dicta el procedimiento. No recuerdo quien levanto el acta. -¿Quién deja constancia de las evidencias? En el comando, el sargento morales deja constancia de todo lo que se comento. -¿Recuerda que funcionario fue quien deja constancia de lo que se hizo en el acta de visita domiclliairia? Si, el sargento. -¿efectúo algún tipo de inspección a los cuartos? No, solo vimos lo que estaba en la mesa. -¿Cómo culmina este procedimiento¿ nos fuimos al comando. -¿hicieron alguna otra inspección en el sitio? No lo recuerdo. -¿Quiénes salen de la vivienda al finalizar el procedimiento? Morales, mi persona y los detenidos. -¿tuvo contacto con los compañeros externos? No. -¿sabe quien tuvo contacto con seguridad externa? No recuerdo. -¿permaneció al lado de víctor morales en todo el procedimiento? Si, y resguardaba la evidencia y a los ciudadanos.
• Del testimonio del ciudadano JOSE FRANCISCO TOYO ACOSTA, V.- 12.788.754, soltero, 35 años, obrero, y domiciliado en la calle Progreso del Barrio Andrés Eloy Blanco de Punto Fijo, a quien se le impuso del precepto del artículo 242 del COPP y debidamente Juramentado expuso lo siguiente: “yo estaba en la casa y vi a José Gregorio nos metimos en la sala, derrependte nos fuimos para el cuarto y llego una comisión como de 8 funcionarios, estaban camuflajeados, nos paramos y nos tiraron al piso, a mi me soltaron y a ellos los dejaron”. De seguidas la Defensora Pregunto: -¿recuerda la hora? Como a las 6 de la tarde. -¿Quiénes estaban presentes, José Gregorio, Noel Acosta. -¿Cuántos entraron? 8 personas. -¿todos estaban camuflageados? Si todos estaban camuflageados. -¿Cuál era el motivo del ingreso de los funcionarios? Se metieron así, no tengo conocimiento. -¿recuerda algunas palabras dichas por los funcionarios? No. -¿una vez ingresados hacia donde se dirigieron? Hacia el patio de la casa. -¿Cuántos ingresaron al cuarto? 4 funcionarios y los demás estaban en el pasillo. -¿Qué persona se dirigieron en un primer momento? Nos sacaron a todos y luego nos tenían allí en el piso. -¿Qué manifestaban los funcionarios? No tengo conocimiento, ellos se metieron y listo. -¿Cuánto tiempo duro ese procedimiento? Como media hora. -¿Qué otra situación ocurrió allí? Más nada. -¿había tenido problema con funcionarios? No. -¿sabe si alguno había tenido problemas con funcionarios? No. -¿esos funcionarios lo detuvieron? No. -¿Qué le dijeron? Me Salí, nos revisaron a cada uno y nos dijeron vete y me Salí. Cuando me dijeron que me fuera fue que Salí. -¿observo que los funcionarios revisaran la casa? Si, el cuarto. -¿estuvo hasta culminar el procedimiento? Si. -¿Qué le manifestaron los funcionarios al final del procedimiento? Nada. -¿Quiénes quedaron aprehendidos en el procedimiento? Ronny Perozo y el señor. -¿y el otro ciudadano que estaba con usted? No, a él lo dejaron ir. -¿observo si los funcionarios ubicaron algún tipo de objetos? No, nada de eso. -¿declaro anteriormente sobre esta causa? Si declare a los días en CICPC. -¿observo algún tipo de sustancia ilícita que haya sido recabada en esa casa? No. Es todo. De seguidas se deja constancia que el Ministerio Público no pregunto. De seguidas el Juez pregunto: -¿escucho disparos? No, en ningún momento. -¿los funcionarios manifestaron que habían conseguido droga? No. En ningún momento. -¿en que parte de la casa estaban ustedes? En el cuarto, ellos se metieron para dentro. -¿Qué le dijeron al otro ciudadano? Le dijeron que se fuera. -¿supo si tenían problemas con los funcionarios? Que yo sepa no. -¿Recuerda la hora? Eran como las 6 de la tarde. Es todo.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 358 del código Orgánico Procesal Penal, se incorporaron al juicio por su lectura las siguientes pruebas documentales: promovidas y evacuadas por el Ministerio Público
• Acta de Verificación de sustancia de fecha 02-08-2005, mediante la cual se dejo constancia de la cantidad, peso, tipo de envoltura, consistencia y forma en que se encuentra la evidencia constituida de setenta y seis 76 envoltorios tipo cebollitas de material sintético de color azul, anudados en su parte superior con hilo de color negro, contentivos de una sustancia homogénea en polvo granulado de color blanco con un peso neto de 17 gramos.
FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO
Del análisis de los argumentos de valoración que este Tribunal Unipersonal ha atribuido a todas y cada una de las pruebas, en uso de la sana crítica como regla de valoración de las mismas, de conformidad con el contenido del artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal, se ha llegado a la conclusión de que en el presente caso, no se determinó en el debate de manera objetiva, clara, precisa e inobjetable como se suscitaron los hechos objeto de proceso y por ende la responsabilidad de los acusados, a quienes el Ministerio Publico les imputó la comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÒPICAS en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO de conformidad con lo establecido en el artículo 34 de la Ley especial, en perjuicio del estado Venezolano, dejo duda razonable para quien aqui decide la forma como se suscitaron los hechos, existe insuficiencia probatoria y tales circunstancias no es posible determinar la responsabilidad penal en el hecho objeto de enjuiciamiento, por lo que es menester la aplicación del principio in dubio pro reo, consagrado en el artículo 24 constitucional.
“Ninguna disposición legislativa tendrá efecto retroactivo, excepto cuando imponga menor pena. Las leyes de procedimiento se aplicarán desde el momento mismo de entrar en vigencia aun en los procesos que se hallaren en curso; pero en los procesos penales, las pruebas ya evacuadas se estimarán en cuanto beneficien al reo o rea, conforme a la Ley vigente para la fecha en que se promovieron.
Cuando haya dudas se aplicará la norma que beneficie al reo o rea.
A tal efecto la sala de Casación Penal del tribunal Supremo de Justicia, estableció lo siguiente: “es el principio en base al cual en caso de duda hay que decidir a favor del acusado, in dubio pro reo. Debe agregarse que este principio puede ser concebido como una regla de interpretación por tratarse de un principio general del derecho, que no constituye precepto legal de carácter sustantivo, dirigido al juzgador como norma de interpretación, para establecer que en aquellos casos en los que a pesar de haberse realizado una actividad probatoria normal, si la prueba hubiere dejado duda en el ánimo del juzgador sobre la existencia de la culpabilidad del acusado, deberá absolvérsele.” (Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Penal, ponencia de la Magistrado Deyanira Nieves Bastidas, Exp. 05-211 del 21-06-05.)
Motivado por las circunstancias antes analizadas y con base a éste fundamento Jurisprudencial, se concluye que esta sentencia debe ser absolutoria, tal y como lo solicitó la Fiscal del Ministerio Público en el acto de conclusiones; y así procede a pronunciarse el Tribunal.
DISPOSITIVA
Por todo lo antes motivado y debidamente razonado este Tribunal Segundo de Juicio, actuando en éste acto como Tribunal Unipersonal en el Circuito Judicial Penal del estado Falcón en su extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por la Autoridad que le confiere la Ley DECLARA que encuentra; A los ACUSADOS: JOSE GREGORIO MORALES venezolano, titular de la Cédula de Identidad V.-11.765.758, de 37 años de edad, nacido en Punto Fijo fecha 07-02-1971, de estado civil soltero, 1er año de bachillerato, oficio Obrero, Hijo de Blanca Marina Morales y Luís Martines, y residenciado en Nuevo Pueblo, calle José Félix Rivas, Nro. 49, a05 casas del Abasto el silencio del Estado Falcón, teléfono: 0426-8019194. RONNY ALBERTO PEROZO ACOSTA, venezolano, titular de la Cédula de Identidad V.-11.769.067, de 38 años de edad, nacido en Punto Fijo en fecha 19-12-1970, de estado civil casado, 1do año de bachillerato, oficio albañil, Hijo de Francisco Alberto Perozo y Raiza Acosta y residenciado en calle Progreso Nro. 04, de color azul, la ultima casa de la calle, teléfono 0414-6906144. ABSULETOS de la comisión del delito de TRAFICO ILICITO EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas de conformidad con lo establecido en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustncias Estupefacientes y Psicotropicas (Ley Anterior) . Se exonera del pago de costas procesales a los acusados de marras, de conformidad con lo pautado en el artículo 272 del Copp, en vista del estado de pobreza que presenta, determinable para cada uno de ellos, al hacerse representar en Sala de Audiencias por la Defensa Publica, y así se decide. A su vez, como quiera que los acusados JOSE GREGORIO MORALES Y RONNY ALBERTO PEROZO, tomando en cuneta que la presente Sentencia es Absolutoria se DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA de los ACUSADOS, todo ello en virtud del fallo absolutorio que hoy recae a su favor, en consecuencia se decreta el Cese de Cualquier Medida Impuesta en contra de los acusados y de cualquier bien que le haya sido quitado de conformidad con el artículo 366 del COPP. Se ordena 283 del COPP la remisión a la Fiscalía Superior del Estado Falcón Copias Certificadas del Acta del Debate así como de las Sentencia Definitiva y de conformidad con el artículo 300 COPP para que aperture una averiguación Penal en contra de los Funcionarios Actuantes en el proceso de allanamiento de los hoy acusados. Notifíquese a las partes de la publicación de la presente Resolución.
Dada, firmada, sellada y publicada la presente sentencia, en la sede de este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, a los Cuatro (25) días del mes de Marzo del año Dos Mil Nueve (2009).
ABG. VICTOR MOLINA VALDEZ
JUEZ PRESIDENTE DEL TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO
ABG. YENICE DIAZ URDANETA
SECRETARIO DE SALA
|