REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, DEL TRABAJO Y DE MENORES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL,BANCARIO Y TRANSITO, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON. SANTA ANA DE CORO, VEINTISIETE (27) DE MAYO DE 2009. AÑOS 199º Y 150º
Visto el anuncio del recurso de casación formulado por la abogada Gloria Bolívar Peña, matricula N° 76777, apoderada de la ciudadana JULIA ROSA GARCIA LUGO, cédula de identidad N° 4.175.026, contra la sentencia N° 048 de fecha 28 de Abril de 2008, dictada por este Tribunal Superior y mediante la cual se declaró sin lugar la apelación ejercida por la recurrente; para resolver su admisibilidad, se observa que la demanda fue presentada el 29 de noviembre de 2007 y estimada en tres mil trescientos millones de bolívares (Bs.300.000.000,oo), hoy trescientos mil bolívares fuertes (Bsf.300.000,oo), fecha en la cual estaba vigente la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, que fija la cuantía para el recurso de casación, en 3.000 Unidades Tributarias, siendo que para la fecha, la unidad tributaria era de Bs. 37.632,oo, lo que da un total de ciento doce millones ochocientos noventa y seis mil bolívares (Bs.112.896.000,oo), hoy ciento doce mil ochocientos noventa y seis bolívares fuertes (Bsf. 112.896,oo), inferior al valor estimado de la demanda; por lo que se admite el anuncio del Recurso de casación. Se advierte a la Sala que el día número once (11), para oír el recurso correspondió al día 27 de mayo de 2009, y que lapso para el anuncio de casación discurrió durante los días: 12, 13, 14, 15, 18, 19, 20, 21, 25 y 26 de mayo todos de 2009. Remítase el expediente a la Sala de Casación Civil del Tribual Supremo de Justicia. Déjese constancia del número de folios que contiene el expediente, así como de sus piezas.
EL JUEZ
Abg. MARCOS ROJAS GARCIA EL SECRETARIO (T)
Abg. DANIEL CURIEL FERNANDEZ.
Nota: Se libró oficio N°. ___________, remitiendo el presente expediente a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en una (01) pieza constante de doscientos cuarenta y seis (247) folios útiles, conforme a lo ordenado en el auto anterior. Conste Coro. Fecha Ut- Supra.
EL SECRETARIO (T)

Abg. DANIEL CURIEL FERNANDEZ.

MRG/DC/yelixa.-Exp Nº 4418-










































Santa Ana de Coro, 27 de Mayo de 2009.

Oficio No. __________
CIUDADANA:
PRESIDENTA DE LA SALA DE CASACION CIVIL,
DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA.
SU DESPACHO:

Con todo respeto me dirijo a usted, a fin de remitirle anexo al presente oficio, el expediente Nº 4418, el presente expediente a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en una (01) pieza constante de doscientos cuarenta y siete (247) folios útiles; contentivo demanda de REIVINDICACION DE INMUEBLE incoado por la ciudadana JULIA ROSA GARCIA LUGO contra la ciudadana ROSA MIGUELINA PIÑA LAMPE, en virtud del recurso de casación formulado por la abogada Gloria Bolívar Peña, como apoderada de la recurrente.

EL JUEZ TITULAR

ABG. MARCOS ROJAS GARCIA.



MRG/DC/yelixa.
Exp. Nro. 4418.-
Se anexa lo indicado.