REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
PODER JUDICIAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO MAUROA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN
EXP N° 292-09
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
PARTE ACTORA: MAGALY COROMOTO LOPEZ CORONEL, titular de la cedula de identidad No. V-13.674.578, en representación de sus hijos (Omitida identidad de conformidad con el artículo 65 de la Ley orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
PARTE DEMANDADA: NELSON YSRAEL LEAL, titular de la cedula de identidad No. V-16.347.310.
MOTIVO: OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN.
Por cuanto el Tribunal observa que por error involuntario en el auto de fecha 18 de Mayo de 2009 en que se admitió la presente causa, se ordenó su registro bajo el numero 291-09, siendo el numero correcto el 292-09; y como es deber de nosotros los jueces procurar la estabilidad de los juicios, evitando y corrigiendo las faltas que se presenten en la sustanciación de los mismos para garantizarles a las partes el derecho a la defensa y al debido proceso, es por lo que este Tribunal a los fines de subsanar el error incurrido, en conformidad con lo dispuesto en el articulo 206 del Código de Procedimiento Civil, considera que debe declararse NULO y sin ningún efecto jurídico el auto de fecha 18 de Mayo de 2009 solo en lo que respecta al numero de registro en el libro de causas respectivo; y así se declara.
En consecuencia; este Juzgado del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara NULO y sin ningún efecto jurídico el auto de fecha 18 de Mayo de 2009 solo en lo que respecta al numero de registro en el libro de causas, el cual se ordena registrar bajo el No. 292-09, todo de conformidad con el articulo 206 del Código de Procedimiento Civil, y se ordena realizar la corrección respectiva en la boleta de citación, oficios y exhorto librados.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en Mene de Mauroa, a los veintiuno (21) días del mes de Mayo del año dos mil nueve (2009). Años: 198° de la Independencia y 150° de la Federación.
LA JUEZA PROVISORIA,
ABG. GLADYS SANCHEZ ROJAS.
LA SSECRETARIA
RAMONA DE RODRIGUEZ
En la misma fecha y siendo la una y treinta ( 1:30) de la tarde, se dictó y publico la anterior resolución y se registró bajo el No. 26
LA SECRETARIA
RAMONA DE RODRIGUEZ
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