A señalamiento de los abogados Amado Zabala y Pedro Lara, inpreabogado Nº. 9.292 y 28.750, respectivamente actuando en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano Mario Moreno Romero, cédula de identidad Nº.1.648.669, parte demandante en el juicio por Desalojo seguido contra la ciudadana Yubely del Carmen Pacheco, se trasladó el Tribunal Ejecutor a una casa ubicada en la calle Tumarusa s/n de la Urbanización Santa Irene de Punto Fijo, con el objeto de proceder a ejecutar la Medida Preventiva de Secuestro, emanada del Juzgado Primero del Municipio Carirubana de la Circunscrpción Judicial del Estado Falcón, dejandose constancia del retardo en la Policia Regional para asignar el funcionario que acompañaría al tribunal en el traslado, así mismo que el inmueble se encuentra solo ya que se tocó en reiteradas ocasiones sin obtener respuesta, acto seguido el Tribunal procede a designar cerrajero al ciudadano luis Antonio Rodriguez Lacle, cédula de identidad Nº. 7.574.038, a quien se insta a abrir la puerta, evidenciandose que si está habitado por lo que se procederá a designar perito y se levantará el respectivo inventario. Después de un largo rato hizo acto de presencia la ciudadana Yubely Pacheco, colombiana, cédula de identidad Nº. E-83.606.117, a quien se notificó de la misión del tribunal y asistida de abogado solicitó un plazo para entregar el inmueble hasta el día 12-07-09, lo cual fue concedido por los apoderados actores quienes solicitaron al Tribunal se abstuviera de ejecutar la medida y devolver la comisión. El Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana acuerda ABSTENERSE de ejecutar la medida, devolver la comisión al tribunal comitente paraque homologue el presente convenimiento y su reconstitución a su sede natural siendo las 12:05 pm.