A señalamiento de la abogada Nohiria Colina, apoderada judicial del ciudadano Angel Eduardo Noguera Melendez, parte demandante en el juicio por Intimación seguido contra el ciudadano Eliecer Navarro, se constituyó el Tribunal Ejecutor en el inmueble ubicado en las Marías, manzana J-32 casa Nº. 32 Urb. las Adjuntas de la ciudad de Punto Fijo, con el objeto de proceder a la practica de la medida preventiva de embargo, emanada del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo civil de esta Jurisdicción, por el monto de Bs. 7.500,oo si son cantidades líquidas y 12.500,oo el doble mas costas procesales, notificando al ciudadano Eliecer Navarro, cédula de identidad Nº.5.587.486, asistido de abogado y expone: A los fines de dar por terminado el presente juicio propongo cancelar la deuda demandada, aclarando que en fecha 10-03-08, abone Bs.400,oo que solicito me sean reconocidos, y pagar la cantidad de Bs. 3.600,oo el día 15-06-09 y Bs. 3.500,oo el día 30-06-09, la parte actora acepta la oferta realizada y solicita al Tribunal Ejecutor se abstenga de practicar la medida. El Tribunal Ejecutor del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón se abstiene de ejecutar la medida, acuerda devolver la comisión a fines de que sea homologada la presente Transacción y su reconstiytución a su sede natural siendo las 12.15p.m. Es todo.