REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, CON SEDE2186-09 2186-09 EN CORO.
Santa Ana de Coro, 03 de Noviembre del año 2.009.
Años: 199º Y 150º
Vista la diligencia que antecede, de fecha 30 de octubre de 2009, suscrita por los ciudadanos JOSE ANGEL MEDINA THIELEN y HAYDEE JOSEFINA ACOSTA ROJAS, debidamente asistidos por el Abogado Carlos Arevalo Vargas, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 9.718, mediante la cual manifiestan que por cuanto se obvio presentar el acta de la menor nacida en la unión matrimonial y por lo tanto desisten del Procedimiento incoado, solicitando la homologación de dicho acto y el archivo del expediente; el Tribunal, luego de analizar el petitorio formulado, lo considera ajustado a derecho y acuerda proveer al respecto. En consecuencia, este Tribunal Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, imparte su HOMOLOGACION al presente DESISTIMIENTO, de conformidad con lo establecido en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, declarándose en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA, conforme lo prevee el artículo 266 ejusdem. Asimismo, desglósese del expediente, el acta de matrimonio que riela al folio dos (02), y entréguese a la parte interesada, dejándose una copia certificada de la misma en lugar de ésta. Archívese el presente expediente. Déjese copia certificada del presente auto en el archivo del Tribunal y constancia en el Libro Diario de Labores del Tribunal.-
LA…
… JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
Abg. YASMINA MOUZAYEK GUTIERREZ
LA SECRETARIA
Abg. QUERILIU RIVAS H.
NOTA: En esta misma fecha, se desglosó el acta de matrimonio solicitada, dejándose copia certificada de la misma en lugar de ésta; asimismo, se certificó copia del presente auto para el Archivo del Tribunal. Constante de DOCE (12) folios útiles, se archivó el presente expediente, todo conforme a lo ordenado en auto anterior. Conste.-
LA SECRETARIA
Abg. QUERILIU M. RIVAS H.
Exp. Nº: 2.186-2.009
SOLICITANTES: José Ángel Medina Thielen y Haydee Josefina Acosta Rojas
MOTIVO: Divorcio 185-A
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