REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO CARIRUBANA



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO CARIRUBANA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
PUNTO FIJO, VEINTICUATRO DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL NUEVE
AÑOS: 199º y 150º

EXPEDIENTE Nº 2009-2127
SOLICITANTE: CARMEN YSMARY LUGO MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 3.682.751 y con domicilio en la calle 2, Sector 01, casa No. 22, Urbanización Jorge Hernández, Punto Fijo, Municipio Carirubana del Estado Falcón.
ABOGADA ASISTENTE: SHEILA MORENO, INPREABOGADO No. 111.290
MOTIVO: RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO.

En fecha 20 de Noviembre de 2009, se recibió por distribución solicitud de Rectificación de Acta de matrimonio presentada por la ciudadana CARMEN YSMARY LUGO MARTINEZ, asistida de la abogada SHEILA MORENO, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 111.290.-
Mediante auto de fecha 23 de Noviembre se le dio entrada y se ordenó formar el respectivo expediente.
De la lectura de la Solicitud se observa que la misma tiene como pretensión la RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO extendida por ante el Registro Civil del Municipio Falcón, Estado Falcón, Pueblo Nuevo, es por lo que este Tribunal Primero del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, de conformidad con lo establecido en el artículo 501 del Código Civil, declara su falta de competencia para el conocimiento de la misma, en razón del territorio y declina el conocimiento del proceso de autos en el Juzgado Distribuidor de los Municipios Falcón y Los Taques de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Pueblo Nuevo, a quien se ordena remitir el presente expediente. Así se declara. Déjese copia certificada del presente auto para el archivo del Tribunal.- Hágase lo ordenado y déjese constancia de su salida en el Libro respectivo.
LA JUEZ

Abg. OSIRIS BENITEZ PETIT LA SECRETARIA

Abg. ANA VARGAS HOYER