…PUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ACOSTA, SAN FRANCISCO, JACURA Y CACIQUE MANAURE DELA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN. Yaracal, diecinueve de noviembre de dos mil nueve.----------------

Años: 199° y 150°

Vista la anterior solicitud la cual fue admitida por auto de esta misma fecha, presentada por el ciudadano NATALIO RAFAEL LINARES CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, soltero, domiciliado en Mirimire, Municipio San Francisco, Estado Falcón, titular de la cédula de identidad número V-5.298.131, asistido en este acto por el Abg. TULIO ENRIQUE MENDOZA ARIAS, titular de la cédula de identidad número V-11.527.609 e INPREABOGADO Nº 102.977, en la que requiere le sea decretado TITULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, sobre unas bienhechurías construidas con dinero de su propio peculio y a sus solas y únicas expensas, en parcela de terreno propiedad municipal, ubicadas en la Calle Las Palmitas, sector El Paraíso de la población de Mirimire, Municipio San Francisco del Estado Falcón, cuyos linderos, medidas, características, formas de construcción y demás determinaciones especifica el solicitante en el escrito presentado, al cual se le dio entrada en este Tribunal bajo el Nº S-1189-2009. Vistas y analizadas las declaraciones rendidas ante este Tribunal por los testigos, ciudadanos WILMEN ROMERO MUNELO y ELISABETH MARÍA GARCIA PIÑA, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad números V-10.704.578 y V-16.521.731 respectivamente y domiciliados en Yaracal, Municipio Cacique Manaure del Estado Falcón, habiendo estudiado el caso el Tribunal declara bastante las probanzas evacuadas para asegurarle al ciudadano NATALIO RAFAEL LINARES CONTRERAS, suficientemente identificado, el derecho de propiedad y posesión sobre las bienhechurías mencionadas en el escrito de solicitud, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con Resolución Nº 2009-0006 emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, dejando a salvo los derechos de terceros. El ciudadano Registrador se abstendrá de registrar el presente título hasta tanto la parte interesada le consigne la respectiva autorización del propietario del terreno. Devuélvase al solicitante original de las presentes actuaciones junto con sus resultas. Cúmplase.-------------------------------------------------------------------------------------

La…





… Juez Provisorio,



Abg. MARBELY ROSSI DE GIANNASTACIO




La Secretaria,


ANA MONTERO ARTEAGA





NOTA: En la misma fecha se devolvió original con sus resultas, constante de CUATRO (04) folios útiles. Conste.-------------------------------------------------


Secretaría,








Exp. Nº S-1189-2009