REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA
En fecha 26/11/2009 se le da entrada a exhorto emanado del Juzgado Tercero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en el que se decreto Medida de Embargo Preventivo sobre un vehiculo plenamente identificado en el mismo; en consecuencia, este Tribunal a fin de darle fiel y estricto cumplimiento, ordena el traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, el día y hora que fije este Tribunal, una vez que lo solicite el interesado, la cual se fijará mediante auto separado.-
En fecha 07/12/2009, se dicta auto, donde se le da entrada a diligencia, de fecha 01/12/2009, estampada por el Abg. Alberto Castillo, Endosatario en procuración de la ciudadana Ana Rodríguez, según lo solicitado, este Tribunal provee de conformidad y ordena librar y remitir oficio al Comandante General de la Policía del Estado Falcón, para que notifique a los puntos de control de esta localidad, a efecto de que practique la retención del vehículo identificado.
En fecha 14/12/2009, se dicta auto, donde se le da entrada a Oficio N° 04847, de fecha 11/12/2009, emanado de la Dirección de Investigaciones Penales de la Policía del Estado Falcón, Comandancia General, anexo al mismo Acta Policial levantada en fecha 11 de diciembre de 2009, copia simple del Oficio emitido por este Tribunal N° 321-2009, de fecha 07/12/2009, así como Planilla de Revisión del Vehiculo, donde pone a disposición de este Ejecutor de Medidas el Vehículo solicitado.
En fecha 14/12/2009, se dicta auto, donde se le da entrada a diligencia estampada por el Abg. Alberto Castillo, donde solicita se fije oportunidad para la práctica de la medida a que se contrae las presentes actuaciones; en consecuencia, este Tribunal ordena su traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada a fin de darle cumplimiento a la medida de embargo Preventivo, fijándose para ello el día respectivo; y a solicitud de la parte se libran Boletas de Notificación al Perito Avaluador y Depositario Necesario designados.-
En fecha 15/12/2009, se levanta Acta de Embargo Preventivo, a fin de darle fiel cumplimiento al Despacho emanado del Juzgado Tercero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en el que se decreto Medida de Embargo Preventivo sobre un vehiculo plenamente identificado en el mismo, librado en el Juicio que por Cobro De Bolívares-Intimación, sigue el Abg. Alberto Castillo, Endosatario en procuración de la ciudadana Ana Rodríguez, en contra del ciudadano Emiro Dorante Suárez; en dicho acto, constituido este Tribunal Dirección de Investigaciones Penales de la Policía del Estado Falcón, Comandancia General, a solicitud de la Parte Actora, se Declaró Preventivamente Embargado el Vehículo plenamente identificado en el Despacho de Exhorto, y se pone en posesión del Depositario Necesario designado Licdo. Eliomar Navas, quien lo recibió conforme. Cumplido como ha sido el presente Despacho, se ordena la remisión del mismo al Tribunal de Origen. En fecha 16/12/2.009, se remite Oficio Nº 335-2009, constante de 22 folios útiles, debidamente cumplida.
En fecha 01/02/2.010, se le da entrada al Oficio N° 017-2010, de fecha 13/01/2010, emanado del Juzgado Tercero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, donde participan que en la presente causa, en virtud de que las partes llegaron a un convenimiento de pago, se dejó sin efecto el presente Despacho de Embargo. Se agregó a las actuaciones respectivas.