REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Ejecución
Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Santa Ana de Coro, 10 de Noviembre de 2009
199º y 150º

ASUNTO : IP01-P-2008-003415

DECRETO DE EJECUTORIEDAD
DE FALLO Y CÓMPUTO DE PENA.

Penado (a): ALEXANDER JOSÉ PRIMERA, quien no porta cédula de identidad, de 18 años de edad, venezolano, vendedor de frutas, soltero, nacido el 15-06-1990, analfabeta, domiciliado en Sector San José, calle Managua, casa número 12 de color azul, al lado de la avenida Ramón Antonio Medina hijo de la ciudadana Ana Josefina, condenado a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS y SEIS (06) MESES DE PRISION, por la comisión del delito DISTRIBUCIÓN MENOR DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el Tercer Aparte del Articulo 31 del la Ley contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano, actualmente se encuentra bajo medidas Cautelares Sustitutita de Libertad.

SIN DETENIDO.
CAPITULO I

Este órgano jurisdiccional actuando de oficio pasa a resolver lo conducente en esta etapa de post condena y lo hace bajo las siguientes consideraciones:

En auto de fecha 20 de Julio de 2009 se recibió el expediente proveniente del Tribunal Segundo de Control previa distribución de este Circuito Judicial Penal, sede judicial de Santa Ana de Coro, dándole entrada en igual fecha y del mismo se desprende:

Que el Ministerio Público, siguió en contra del hoy condenado ALEXANDER JOSÉ PRIMERA, una averiguación criminal por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN MENOR DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el Tercer Aparte del Articulo 31 del la Ley contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano.

Que el hoy condenado ALEXANDER JOSÉ PRIMERA, fue privado efectivamente de su libertad en fecha: 25-12-2008.

Que en fecha: 26-12-2008, el ciudadano antes identificado, fue presentado por ente el Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, el cual se le decreto la libertad, por cuanto solamente permaneció privado de su libertad un día.

Que en fecha: 28/05/2009, se llevo acaba audiencia Preliminar, en la cual fueron condenados por la admisión de los hechos y quedaron bajo las Medidas Cautelar Sustitutiva de Libertad, consistente en las presentaciones cada catorce (14) días.

Que en la misma fecha, el Tribunal Segundo de Control profirió in extenso la sentencia definitiva en contra del condenado, ALEXANDER JOSÉ PRIMERA, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS y SEIS (06) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN MENOR DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el Tercer Aparte del Articulo 31 del la Ley contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano.

CAPITULO II

Con ese antecedente, siendo la oportunidad para resolver lo conducente, pasa este Tribunal de Ejecución de Sentencia y de Medidas de Seguridad a emitir su pronunciamiento:

Disponen los artículos 480 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal, que le corresponde a la fase la ejecución de sentencia lo decretado por el Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, en su fallo dictado in extenso el 28/05/2009 y a la vez practicar el cómputo definitivo de la sanción impuesto al penado ALEXANDER JOSÉ PRIMERA, para determinar con exactitud la fecha en que finalizará la condena impuesta, y la fecha a partir de la cual el penado podrá solicitar la Suspensión Condicional de la Ejecución de la pena.

Ahora bien, a los fines de proceder de inmediato a realizar el cómputo definitivo que ordena la norma adjetiva procesal penal, este Tribunal de ejecución declara formalmente ejecutada la sentencia definitivamente firme dictada –texto integro- en fecha 28/05/2009, por el Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal del estado Falcón, sede judicial de Santa Ana de Coro. ASI SE DECIDE.

CAPITULO III

Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución de Sentencias del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:

PRIMERO.
Formalmente ejecutada la sentencia dictada por el Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal del estado Falcón, sede Judicial de Santa Ana de Coro, en fecha 28/05/2009, mediante la cual condenó al ciudadano ALEXANDER JOSÉ PRIMERA, plenamente identificados en el acápite de este fallo, a cumplir la pena DOS (02) AÑOS y SEIS (06) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN MENOR DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el Tercer Aparte del Articulo 31 del la Ley contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano.

SEGUNDO.
Determinado el cómputo definitivo de cumplimiento de la pena contenida en el fallo que ha sido declarado definitivamente firme y ejecutoriado, en los términos especificados en la parte motiva de este fallo, en su Capítulo II.

TERCERO:
Imponer al condenado del contenido de este fallo a los fines legales consiguientes, a saber el penado, su defensor y el Ministerio Público. En cuanto a los penados ALEXANDER JOSÉ PRIMERA, éstos deberán ser citados a la sede de este órgano jurisdiccional para imponerla de la presente decisión.

Librases las respectivas boletas de notificaciones y remitir con oficio al Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y de Justicia, copia certificada de este fallo y de la sentencia condenatoria, asimismo, ofíciese a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario a los fines que se les realice a los penados el informe técnico (pronostico de conducta favorable), así mismo líbrese oficio a la coordinación de la defensa Publica a los fines legales consiguientes.

Regístrese, publíquese y diaricese este fallo, dejando copia certificada en los respectivo copiadores de la presente decisión.

ABG. ZENLLY URDANETA DE NAVA.
LA JUEZA PRIMERO DE EJECUCIÓN.

ABG. KARINA GONZALEZ MONTENEGRO.
LA SECRETARIA