REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO EXTENSIÓN PUNTO FIJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio de Punto Fijo
Punto Fijo, 17 de Noviembre de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2009-001941
ASUNTO : IP11-P-2009-001941
AUTO DECLARANDO IMPROCEDENTE
SOLICITUD DE NULIDAD
Visto escrito presentado por el abogado Luis J. Torres defensor privado de los ciudadanos acusados: Giraldo Augusto Plazas y Indy Gregorio Alvarez Macho plenamente identificados en autos, acusados por la presunta comisión del delito de Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas previsto y sancionado en el encabezamiento del articulo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y El Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, mediante la cual solicita la nulidad absoluta de la aprehensión de los acusados de marras, en virtud que los funcionarios aprehensores no le participaron al hoy acusado Giraldo Plazas que pude notificar a su Consulado, y los funcionarios no hicieron de oficio dicha notificación al Cónsul de Colombia.
Ahora bien esta juzgadora antes de pronunciarse realiza las siguientes consideraciones;
Al analizar minuciosamente el asunto penal y tomando en consideración los artículos 26, 49, 44 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela; se observa que en el mismo no se trasgredieron derechos ni garantías constitucionales, en vista que los acusados de marras fueron detenidos en fragancia como se desprende de la audiencia de presentación de imputados realizada en fecha 30-06-2009 por el tribunal tercero de control de este circuito judicial penal; Igualmente al momento de ser detenidos los ciudadanos Giraldo Augusto Plazas y Indy Gregorio Alvarez Macho, por el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas les fueron leídos sus derechos muestra de ello es las firmas, huellas dactilares de los hoy acusados que reposan en el acta respectiva. Asimismo han estado asistidos en todo estado y grado del proceso por sus defensores de confianza, fueron presentados ante el tribunal de control dentro del lapso de cuarenta y ocho horas, igualmente fueron impuestos en las diferentes audiencias (Presentación, Preliminar) del contenido del articulo 49 Constitucional. Igualmente han sido juzgados por sus jueces naturales en vista que el presunto hecho punible fue cometido dentro de la jurisdicción de la Península de Paraguana estado Falcón Venezuela; por lo tanto les fueron aplicadas las Leyes Venezolanas.
Por lo que se observa que en ningún momento se transgredieron derechos ni garantías Constitucionales, ya siempre le fueron preservados los mismos, en consecuencia este tribunal en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, declara Improcedente la solicitud de nulidad absoluta presentada por el abogado Luis J. Torres defensor privado de los ciudadanos acusados: Giraldo Augusto Plazas y Indy Gregorio Alvarez Macho plenamente identificados en autos. Así se decide. Notifíquese a las partes del presente auto.-
Jueza Primera de Juicio Secretario
Abg. Morela G. Ferrer B. Abg. Jamil Richani