REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENSIÓN TUCACAS.

EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN
Tucacas, 03 de Noviembre de 2009
199° y 150°
Vista la demanda de Inserción de Acta de Nacimiento presentada, junto con recaudos anexos, por la ciudadana YOSELI DEL CARMEN BARRIOS TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 21.667.077, domiciliada en el Barrio San José, Santa Ana de Coro, Estado Falcón, asistida por el abogado ALIRIO PALENCIA DOVALE, Inpreabogado N° 62.018, por ante el Juzgado Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, quien lo distribuyo a Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, quien mediante auto de fecha 22 de julio de 2009 declinó la competencia para el Juzgado de los Municipios Silva, Monseñor Iturriza y Palma Sola de esta Circunscripción Judicial, habiendo éste a su vez, mediante auto de fecha 14 de agosto de 2009, declinado competencia para este Tribunal; recibido dicho expediente en este Tribunal en fecha 14 de agosto de 2009. Una vez revisada dicha demanda, en la misma fecha, se evidenció que no se acompañaron los siguientes recaudos: a) Certificación de inexistencia del acta de nacimiento emitida por la oficina de registro civil correspondiente; b) constancias de los estudios indicadas en la demanda, c) copias de las cédulas de identidad de la solicitante (venezolana y extranjera), d) lugar exacto de nacimiento, quien y donde atendió el parto e) acta de defunción del padre de la solicitante; f) si tiene hermanos u otros familiares que puedan dar fe de tal situación y g) contra quien o quienes obra tal solicitud; por lo tanto, en el presente caso la parte actora no cumplió con los requisitos de admisibilidad relativas a su inserción por omisión de acta de nacimiento, de conformidad con lo establecido en el Capítulo X, Titulo IV, Libro Cuarto del Código de Procedimiento Civil. Así se declara.
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NO ADMITE la demanda de Inserción de Acta de Nacimiento presentada por la ciudadana YOSELI DEL CARMEN BARRIOS TORRES, suficientemente identificada.
Déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias de este Tribunal.
Publíquese, regístrese.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Tucacas, a los tres (03) días del mes de Noviembre de 2009. Años 199° y 150°
El Juez Provisorio

Abg. FREDDY ALEJANDRO PERNÍA CANDIALES
La Secretaria

Abg. DÉLIDA YEPEZ DE QUEVEDO
En la misma fecha, 03-11-2009, siendo las dos de la tarde (02:00 PM.), se registró y publicó la presente decisión.

La Secretaria







Norfa Neira
Asistente