REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
Santa Ana de Coro, 29 de Octubre de 2009
199º y 150º

ASUNTO N° IP21-R-2009-000019
PARTE DEMANDANTE: NELSON SEGUNDO TREMONT, EDIA JESUS CORDERO CORDERO y NIXON SEGUNDO DIAZ RAMIREZ, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 12.586.581, 4.646.573 y 10.479.856, respectivamente, domiciliada en la ciudad de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: MARIA LAURA REYES, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 120.275, actuando en su carácter de Procuradora de Trabajadores del Estado Falcón.

PARTE DEMANDADA: Firma Personal FREDDY RAFAEL GARCIA CUAURO y Empresa PROMOTORA VILLANTONIO, C.A., esta última Sociedad Mercantil inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en fecha 23 de Mayo de 2005, bajo el N° 80, Tomo 8-A.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: JOSE HUMBERTO GUANIPA VAN GRIEKEN, RAQUEL OMAIRA PACHECO SUAREZ, MARIA DE LOS ANGELES CURIEL y LAURA VIRGINIA GOITIA BARBERA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 23.658, 108.693, 121.823 y 132.792, respectivamente.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS DERIVADOS DE LA LEY ORGANICA DEL TRABAJO.

I
SÍNTESIS DE LAS ACTUACIONES REALIZADAS EN ESTA INSTANCIA.
Vista la Apelación interpuesta por la Abogada LAURA VIRGINIA GOITIA BARBERA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 132.792, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la parte codemandada Empresa PROMOTORA VILLANTONIO, C.A., en contra de las decisiones de fecha 21 de Mayo de 2009, dictadas por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Coro, mediante el cual declaró Primero: PRESUNCION DE ADMISION DE HECHOS en contra de la parte demandada FIRMA PERSONAL FREDDY RAFAEL GARCIA CUAURO; Segundo: Se declara CON LUGAR la pretensión reclamada por los ciudadano NELSON SEGUNDO TREMONT REYES, EDIA JESUS CORDERO CORDERO y NIXON SEGUNDO DIAZ RAMIREZ, en contra de la Firma Personal FREDDY RAFAEL GARCIA CUAURO, por concepto de Cobro de Prestaciones Sociales.

En fecha 01 de Octubre de 2009, este Tribunal Superior Primero del Trabajo le da entrada al presente Expediente contentivo del Recurso de Apelación y en consecuencia, al Quinto (5to) día hábil siguiente este tribunal fijó la Oportunidad para celebrar la Audiencia Oral, Pública y Contradictoria.

En fecha 29 de Octubre de 2009, fue consignado por ante este Tribunal de Alzada diligencia suscrita por las Abogadas MARIA DE LOS ANGELES CURIEL LA ROSA y LAURA VIRGINIA GOITIA BARBERA, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 121.823 y 132.792, respectivamente, en su carácter de Apoderadas Judiciales de la parte codemandada Empresa PROMOTORA VILLANTONIO, C.A., en donde DESISTE de la Apelación realizada en contra de la de las decisiones de fechas 21 de Mayo de 2009, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Coro.

Este Juzgador, procede a publicar íntegramente el texto de la sentencia, en los siguientes términos:

II
MOTIVA

Este Sentenciador observa que en fecha 29 de Octubre de 2009, la parte demandada recurrente consignó escrito constante de un (1) folio útil en donde DESISTE de la Apelación interpuesta en contra de las decisiones de fecha 21 de Mayo de 2009, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Coro, en el juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales y otros beneficios derivados de la Ley Orgánica del Trabajo tienen incoado los ciudadano NELSON SEGUNDO TREMONT REYES, EDIA JESUS CORDERO CORDERO y NIXON SEGUNDO DIAZ RAMIREZ, en contra de la Firma Personal FREDDY RAFAEL GARCIA CUAURO, y la Empresa PROMOTORA VILLANTONIO, C.A., alegando que no se ha dividido el proceso principal por el pronunciamiento sobre la admisión de los hechos recaída sobre el codemandado de autos ya que ha sido remitido el asunto al Juez de Juicio.

Ahora bien, en virtud de tal manifestación y constatado además la facultad y el carácter con el que actúa la representación de la parte que desiste, este Juzgador declara DESISTIDA LA APELACION de la parte codemandada recurrente Empresa PROMOTORA VILLANTONIO, C.A., quedando HOMOLOGADA la misma; y se Ordena la Suspensión de la Audiencia Oral y Pública fijada para el día hoy 29 de Octubre de 2009 a las 2:30 p.m. Y así se decide.

III
DISPOSITIVA
Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la Abogada LAURA VIRGINIA GOITIA BARBERA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 132.792, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la parte codemandada Empresa PROMOTORA VILLANTONIO, C.A., en contra de las decisiones de fecha 21 de Mayo de 2009, dictadas por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Coro, mediante el cual declaró Primero: PRESUNCION DE ADMISION DE HECHOS en contra de la parte demandada FIRMA PERSONAL FREDDY RAFAEL GARCIA CUAURO; Segundo: Se declara CON LUGAR la pretensión reclamada por los ciudadano NELSON SEGUNDO TREMONT REYES, EDIA JESUS CORDERO CORDERO y NIXON SEGUNDO DIAZ RAMIREZ, en contra de la Firma Personal FREDDY RAFAEL GARCIA CUAURO, por concepto de Cobro de Prestaciones Sociales. Quedando en consecuencia la decisión Definitivamente Firme.

SEGUNDO: Se ordena la remisión del expediente al Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Coro, que resulte competente por distribución a los fines de que continúe con el curso de la causa.

TERCERO: Como consecuencia de lo anterior se suspende la Audiencia Oral y Pública fijada para el día de hoy 29 de Octubre de 2009 a las 2:30 p.m. por ante este Tribunal Superior Primero del Trabajo.

Publíquese, regístrese y agréguese.

Dada sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, a los Veintinueve (29) día del mes de Octubre de dos mil nueve (2009). Años 199 de la Independencia y 150 de la Federación.
EL JUEZ


ABG. OSBALDO JOSE BRITO ROMERO.


LA SECRETARIA

ABG. LOURDES VILLASMIL.
Nota: La anterior decisión se dictó y publicó en su fecha 29 de Octubre de 2009, a la hora de las Tres y Treinta minutos post-meridiem (3:30 P.M.). Se dejo copia certificada en el Libro copiador de sentencias. Se publico un ejemplar en la cartelera del Tribunal. Conste. Coro. Fecha ut-supra.
LA SECRETARIA,

ABG. LOURDES VILLASMIL.



ASUNTO N° IP21-R-2009-000019