REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Falcón- Punto Fijo
Punto Fijo, Dieciséis (16) de Octubre de dos mil Nueve (2009)
199º y 150º
SENTENCIA DE MEDIACION
Sentencia Nº PJ0032009000091
ASUNTO: IP31-L-2009-000121.-
DEMANDANTE: LILIAN COROMOTO PETIT DE MARVAL.
PROCURADORA DE TRABAJADORES: Abogada ABILIALICIA PEÑA ALVAREZ.
DEMANDADO: FUNDACION AMOR Y HOGAR PARA TODOS FAYHOPAT, representada por su Presidente, Ciudadano ALBERTO RAMON SANCHEZ.
ABOGADO ASISTENTE: ARACELIS MARIA ZAVALA OVIOL.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
Correspondió a esta Juzgadora, conocer de la Mediación realizada en Audiencia Preliminar, celebrada en el presente asunto, según consta en acta levantada de fecha 16 de Octubre de 2009, en el juicio que por acción de Cobro de Prestaciones Sociales, introdujera la Ciudadana LILIAN COROMOTO PETIT DE MARVAL, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número V- 4.788.678, debidamente asistido en este acto por la Procuradora de Trabajadores abogada ABILIALICIA PEÑA ALVAREZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número V- 13.634.255, inscrita en el inpreabogado bajo el Número 101.118, en contra de la FUNDACION AMOR Y HOGAR PARA TODOS FAYHOPAT, representada por su Presidente, Ciudadano ALBERTO RAMON SANCHEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número V-58.820, asistido por la Abogada ARACELIS MARIA ZAVALA OVIOL, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número V-2.855.367, inscrita en el inpreabogado bajo el Número 5.457, en la cual la demandada, FUNDACION AMOR Y HOGAR PARA TODOS FAYHOPAT, representada por su Presidente, Ciudadano ALBERTO RAMON SANCHEZ, asistido por la Abogada ARACELIS MARIA ZAVALA OVIOL, ya anteriormente identificados, le hacen formal entrega a la demandante ciudadana LILIAN COROMOTO PETIT DE MARVAL, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número V- 4.788.678, debidamente asistido en este acto por la Procuradora de Trabajadores abogada ABILIALICIA PEÑA ALVAREZ, de un cheque Nº 43130292, cuenta corriente Nº 01140251812510006936, por la Cantidad de Un Mil Doscientos Setenta Bolívares con Cero Céntimos (Bs. 1.270,00), girado en contra de la entidad bancaria Banco BANCARIBE a nombre de LILIAN COROMOTO PETIT DE MARVAL, lo cual acepta a su entera y cabal satisfacción, libre de apremio y coacción, manifestando que nada le queda a reclamar por este ni por ningún otro concepto a la FUNDACION AMOR Y HOGAR PARA TODOS FAYHOPAT. Este Tribunal en vista de que la MEDIACION LABORAL ha sido conforme a derecho, da por concluido el presente proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas del orden publico, este Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución HOMOLOGA, la MEDIACION en el presente proceso y EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y CON AUTORIDAD DE LA LEY, LE OTORGA CARÁCTER DE COSA JUZGADA y visto que la pretensión objeto de este proceso ha sido homologada; se ordena Oficiar a la Coordinación Judicial para el archivo definitivo de este expediente mediante auto que declare la presente Sentencia Definitivamente Firme, una vez vencido el lapso de Cinco (05) para que ejerzan los recursos que ha bien consideren las partes. Se expiden dos (2) ejemplares certificados de la misma.
PUBLIQUESE Y REGISTRSE
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con Sede en Punto Fijo. En el día de hoy Dieciséis (16) de Octubre de Dos Mil Nueve (2009), siendo las Diez y Diecinueve de la Mañana (10:19 a.m.). Años: 199° de la Independencia y 150º de la Federación.-
LA JUEZA TEMPORAL
ABG. MIRLA BIANEXIS MALAVE SAEZ
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. ROSALY MUÑOZ CHIRINO
Nota: En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.-
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. ROSALY MUÑOZ CHIRINO
Exp. IP31-L-2009-000121.-
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