REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO CARIRUBANA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO CARIRUBANA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
PUNTO FIJO: TRECE DE OCTUBRE DEL DOS MIL NUEVE
AÑOS: 199º Y 150º

Recibida por distribución la presente demanda y sus anexos, mediante la cual el abogado VICTOR ALFONSO BOLIVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.17.135.154, Inpreabogado No. 127.249 y de este domicilio, actuando como endosatario en procuración de la ciudadana CARMEN YOLANDA RAMONES TREMONT, propone formal demanda contra el ciudadano FRANCISCO ANTONIO DIAZ CASTELLANO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 2.858.119, domiciliado en la Calle 12 con Avenida Gil de Hermoso, Casa No. 302, Judibana, Municipio Los Taques del Estado Falcón, por COBRO DE BOLIVARES PROCEDIMIENTO DE INTIMACION, se le da entrada quedando anotada en el Libro de Causas bajo el No. 2009-2099 y por cuanto de la lectura del libelo de demanda, se observa que el domicilio del demandado de autos ciudadano FRANCISCO ANTONIO DIAZ CASTELLANO, se encuentra domiciliado en jurisdicción del Municipio Los Taques, Estado Falcón, es por lo que este Tribunal Primero del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, de conformidad con lo establecido en el artículo 641 del Código de Procedimiento Civil, declara su falta de competencia para el conocimiento del mismo, en razón del territorio y declina el conocimiento del proceso de autos en el Juzgado Distribuidor de los Municipios Falcón y Los Taques de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Pueblo Nuevo, a quien se ordena remitir el presente expediente. Así se declara.- Hágase lo ordenado y déjese constancia de su salida en el Libro respectivo.

LA JUEZ

ABG. OSIRIS BENITEZ PETIT
LA SECRETARIA
Abg. ANA VARGAS HOYER