REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL





En su Nombre:
El Juzgado de los Municipios Silva, Monseñor Iturriza y Palmasola de la
Circunscripción Judicial del Estado Falcón

Dicta el presente

Decreto:


Solicitud:

Solicitante:



Motivo:




Abogado Asistente:

Jueza:
188-2009

CARMEN ANTONIA CARRASQUERO DE BORREGALES
Y CANDELARIO JOSE BORREGALES LOPEZ



DECLARACION DE UNICOS Y
UNIVERSALES HEREDEROS



ERIKA RIERA GUANIPA.

DALMIRA MARIA BARRERA.



Con motivo de la solicitud presentada en fecha 27-10-2009, por los ciudadanos: CARMEN ANTONIA CARRASQUERO DE BORREGALES Y CANDELARIO JOSE BORREGALES LOPEZ, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.849.997 y V-9.501.104, con domicilio en la ciudad de Morón, Municipio Juan José Mora del Estado Carabobo, debidamente asistidos por la Abogada en ejercicio ERIKA RIERA GUANIPA, también venezolana e inscrita en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el numero 79.105, mediante la cual solicitan ser declarados “UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” del de cujus YOSMAR JOSE BORREGALES CARRASQUERO, quien en vida era titular de la cédula de identidad Nº V-19.197.137 y que falleció Ab Instestato en fecha 10 de Octubre del año 2009, a causa o consecuencia de SEVERA CONGESTION VISCERAL, SEVERO EDEMA PULMONAR BILATERAL Y ELECTROCUCION POR REFERENCIA. El tribunal, vista y analizadas las actuaciones que fueron presentadas anexas a la solicitud y evacuadas la testimoniales presentas ante este mismo tribunal en las personas de: ESTHER ANTONIA GONZALEZ, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.600.210, domiciliada en el Barrio San Diego, quinta calle numero 20 de la ciudad de Morón, Municipio Juan José Mora del Estado Carabobo y JESUS RAMON CORREA, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.554.891, domiciliado en el Barrio San Diego, quinta calle, casa sin numero de la ciudad de Morón, Municipio Juan José Mora del Estado Carabobo; el Tribunal dejando salvo los derechos de terceros y administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, declara CON LUGAR la solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS y en consecuencia declara conforme a los autos a los ciudadanos: CARMEN ANTONIA CARRASQUERO DE BORREGALES Y CANDELARIO JOSE BORREGALES LOPEZ, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.849.997 y V-9.501.104, con domicilio en la ciudad de Morón, Municipio Juan José Mora del Estado Carabobo como los UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus YOSMAR JOSE BORREGALES CARRASQUERO, quien en vida era titular de la cédula de identidad Nº V-19.197.137 y quien falleció Ab-Instestato en fecha 10 de Octubre del año 2009, según consta de acta de defunción numero 90 de fecha 14-10-2009, emanada del Registro Civil Municipal del Municipio Silva, Estado Falcón, que corre inserta como anexo de la presente solicitud. Y Así se Decide. Devuélvanse original con sus resultas a los solicitantes. Publíquese, diarícese y archívese copia certificada de la presente decisión.

Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Tribunal de los Municipios Silva, Monseñor Iturriza y Palmasola de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. En Tucacas a los Veintinueve (29) días del mes de Octubre del año Dos Mil Nueve (2009). Años: 199º y 150º.
LA JUEZA PROVISORIA.-

Abg. DALMIRA MARIA BARRERA.-
EL SECRETARIO.-

Abg. LEONARDO ANTONIO BRACHO BOZO.-

En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo acordado en el auto que antecede. Conste.-
EL SECRETARIO.-

Abg. LEONARDO ANTONIO BRACHO BOZO.-