REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO MIRANDA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN
Santa Ana de Coro: lunes 28 de septiembre de 2009
Años: 199º y 150º

En atención a la pretensión de la parte solicitante, sobre ser declarada ella y sus hijas únicos y universales herederos del decujus JULIO ANTONIO GUANIPA GUADARRAMA, el Tribunal se pronuncia en los siguientes términos:
Examinados como han sido: las testimoniales rendidas en las presentes actuaciones, en fecha 24-09-2009; el acta de matrimonio, acta de defunción, y partidas de nacimiento, que se acompañan a la presente solicitud. Este TRIBUNAL PRIMERO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el Articulo 16 eiusdem, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, y en atención a lo solicitado y lo evidenciado en actas, en donde consta que el decujus JULIO ANTONIO GUANIPA GUADARRAMA, falleció Ab-intestato en fecha: 10 de agosto de 2009, según acta de defunción N° 374, correspondiente al año 2009, expedida por la Primera Autoridad Civil de este Municipio Miranda del Estado Falcón; DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los Ciudadanos: MIRIAM DEL CARMEN GOTOPO DE GUANIPA, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad N° 2.859.714; MARIANA GUANIPA GOTOPO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° 10.706.431; CAROLINA GUANIPA GOTOPO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° 12.488.696; AMARILYS GUANIPA GOTOPO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° 14.796.757; y ANDREINA GUANIPA GOTOPO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° 16.104.973; todas de este domicilio.
La presente declaración se emite, sella y firma en la Sala de despacho del Juzgado Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los veintiocho (28) días del mes de septiembre de Dos mil nueve (2009). Entréguese el presente original al interesado. Déjese copia certificada de las presentes actuaciones y de la presente decisión para el archivo.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL

Dra. YASMINA MOUZAYEK GUTIÉRREZ
LA SECRETARIA

Dra. QUERILIU RIVAS HERNÁNDEZ

NOTA. En la misma fecha se certificaron las copias ordenadas para el archivo; asimismo, se entregan las presentes actuaciones a la parte interesada, constante de ( ) folios útiles.- CONSTE.-
LA SECRETARIA

Dra. QUERILIU RIVAS HERNÁNDEZ