REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO CARIRUBANA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO CARIRUBANA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
PUNTO FIJO: VEINTIOCHO DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL NUEVE
AÑOS: 199º Y 150º
Recibida por Distribución Solicitud de SEPARACION DE CUERPOS junto a Copia Certificada de Acta de matrimonio y Copia simple de las Cédulas de Identidad, presentada por los ciudadanos NESTOR LUIS RINCON y KAREN LEIDILYN VENESSA THOMAS FERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 5.814.162 y y V-17.939.547, respectivamente, domiciliados en Punto Fijo, Municipio Carirubana del Estado Falcón, asistidos por la abogada ROGMARY ROSELIN CHIRINOS BARON, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 114.926, el Tribunal le da entrada quedando anotada bajo el No. 2009-2093, y por cuanto de la lectura de la Solicitud se observa que el último domicilio de los cónyuges, fue en el Sector Guanadito Sur, Calle Santa Eduviges, Municipio Los Taques, Estado Falcón, es por lo que este Tribunal Primero del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, de conformidad con lo establecido en el artículo 754 del Código de Procedimiento Civil, declara su falta de competencia para el conocimiento del mismo, en razón del territorio y declina el conocimiento del proceso de autos en el Juzgado Distribuidor de los Municipios Falcón y Los Taques de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Pueblo Nuevo, a quien se ordena remitir el presente expediente . Así se declara.- Hágase lo ordenado y déjese constancia de su salida en el Libro respectivo.
LA JUEZ
ABG. OSIRIS BENITEZ PETIT
LA SECRETARIA
Abg. ANA VARGAS HOYER