ACTA DE PROLONGACION DE AUDIENCIA PRELIMINAR
(REMISION A JUICIO) INTERLOCUTORIA.


ASUNTO: IH01-L-2008-000081
PARTE ACTORA: YRAIMA GREGORIA ALVAREZ GUERRA.
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES UNIVERSITARIAS FALCONIANAS C.A (INUFALCON).
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS.


En el día de hoy, veinticuatro (24) de Septiembre de 2009, a las 09:00 de la mañana, siendo el día y hora fijada para la que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la Sala de este Tribunal, de conformidad con lo establecido en los artículos 128 y 129 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, a las misma compareció por la demándate ciudadana YRAIMA GREGORIA ALVAREZ GUERRA, portadora de la cedula de identidad No. 12.184.120, su apoderada Judicial Abogado AMILCAR ANTEQUERA, quien consigna en dos (02) folios útil escrito de promoción de prueba y dos (02) anexos para aun total de cuatro (04) folios. En este estado, el tribunal deja constancia de la no comparecencia del la represunción legal de la parte demandada INVERSIONES UNIVERSITARIAS FALCONIANAS C.A (INUFALCON), ni por si, ni por medio de apoderado Judicial alguno,

Ahora bien, en vista que la consecuencia jurídica de la incomparecencia de la parte demandada esta debidamente prevista en la
Ley Orgánica Procesal del Trabajo y por cuanto los Entes de la República

gozan de prerrogativas de Ley, todo ello de conformidad con el articulo 12 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia por aplicación analógica con el artículo 63 del Decreto con Fuerza de Ley de la Procuraduría General de la República, los cuales no pueden ser relajadas bajo ninguna circunstancia, es necesario declarar concluida la audiencia preliminar y en virtud de esos privilegios que goza el Estado, se acuerda la remisión de la presente causa al Tribunal Primero de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, a los fines de su prosecución procesal. ASI SE DECIDE.

A tal efecto y por todos los razonamiento antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA: PRIMERO: Concluida la Audiencia Preliminar en la presente causa incoada por los ciudadana YRAIMA GREGORIA ALVAREZ GUERRA, portadora de la cedula de identidad No.12.184.120, en contra de la parte demandada INVERSIONES UNIVERSITARIAS FALCONIANAS C.A (INUFALCON), por concepto de diferencia de prestaciones sociales. SEGUNDA: Acuerda la remisión del presente expediente al Tribunal Primero de de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, una vez cumplido el lapso de Ley para la interposición de cualquier recurso a que haya lugar. Todo ello, de conformidad con los artículos 135 y 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, ASI SE DECIDE. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. CUMPLASE CON LO ORDENADO.
LA JUEZA,
ABOG. HERMINIA CH. ARRIETA

LAS PARTES COMPARECIENTES,


APODERADO JUDICAL DE
LA PARTE DEMANDANTE


LA SECRETARIA
ABOG. ADRIANA MENDOZA

H.CH.A/a.m. ASUNTO: IH01-L-2008-000081