REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO MAUROA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN
Exp. No. 338-09
SOLICITUD DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN
PARTE DEMANDANTE: Neida Josefina García García, titular de la cédula de identidad No. V-16.708.812, actuando en representación de la niña (Se omite identidad de conformidad con lo previsto en el articulo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes)
PARTE DEMANDADA: Nohelis Agustin Silva Medina, en su condición de parte obligada.
Sentencia: Interlocutoria con Fuerza de Definitiva.
Visto el acuerdo establecido en acta, inserta al folio once (11) del presente Expediente, suscrito en fecha treinta (30) de noviembre de dos mil nueve (2009), entre el ciudadano NOHELIS AGUSTÍN SILVA MEDINA en su carácter de parte obligada y la ciudadana NEIDA JOSEFINA GARCÍA GARCÍA en su condición de parte actora, actuando en beneficio de la niña ………………. de 13 años de edad; Ahora bien observando, esta Juzgadora que el convenimiento establecido entre las partes, no es contrario al interés superior de la niña beneficiada, considerando que cubre las exigencias de lo establecido en el articulo 375 de la Ley Orgánica para la protección de Niños, Niñas y Adolescentes; es por lo que este JUZGADO DEL MUNICIPIO MAUROA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA el acuerdo establecido entre las partes de conformidad de conformidad con lo dispuesto en el articulo 256 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el articulo 518 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, dándole el carácter de cosa Juzgada.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión a los fines previstos en los artículos 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el 1.384 del Código Civil y los numerales 3 y 9 del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Mene de Mauroa a los quince (15) días del mes de abril de dos mil diez (2010). Años: 199° de la Independencia y 151° de la Federación.
La Jueza provisoria,
Abg. GLADYS JOSEFINA SÁNCHEZ ROJAS
La Secretaria,
Abg. RUTH PIÑA VELÁSQUEZ
En la misma fecha de hoy, 15/04/2010, siendo las once (12:00) meridiem, se publicó la presente decisión, quedando registrada bajo el No. 41-2010.
La Secretaria,
Abg. RUTH PIÑA VELÁSQUEZ
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