REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

En fecha 07/04/2010 se le da entrada a Despacho de Comisión emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, contentivo de Decreto de Medida de Embargo Preventivo sobre bienes muebles propiedad del demandado. En consecuencia, este Tribunal a fin de darle fiel y estricto cumplimiento, ordena el traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, el día y hora que fije este Tribunal, una vez que lo solicite el interesado, la cual se fijará mediante auto separado.
En fecha 09/04/2010, se dicta auto, dándole entrada al Oficio N° 243, emanado del Tribunal de la causa. Téngase como parte al Abg. Gregorio Carrasqueño. Se agregó a los autos respectivos.
En fecha 09/04/2010, se dicta auto, donde se le da entrada a diligencia suscrita por el Abg. Gregorio Carrasquero, Apoderado Judicial del ciudadano Yefir Rivero, donde solicita se fije oportunidad para la práctica de la medida a que se contrae las presentes actuaciones, este Tribunal provee de conformidad y ordena su traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, a fin de practicar la Medida de Embargo Preventivo a que se contrae el presente Exhorto, fijándose para ello el día respectivo. Este Tribunal se abstiene de designar como Depositaria Judicial a la Sociedad Mercantil Depositaria Judicial Falcón, C.A., en virtud de la información suministrada mediante Circular N° 10 de fecha 09/05/2.006, emanada de la Rectoría Judicial del Estado Falcón, y a solicitud de la parte se libran Boletas de Notificación al Perito Avaluador, al Depositario, a la Comandancia General de la Policía.
En fecha 14/04/2010, se levanta Acta, a fin de darle fiel cumplimiento al Despacho de Comisión emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, contentivo de Decreto de Medida de Embargo Preventivo sobre bienes muebles propiedad del demandado, librado en el Juicio que por Cobro de Bolívares-Intimación, sigue el Abg. Gregorio Carrasquero, Apoderado Judicial del ciudadano Yefir Rivero, en contra del ciudadano Carlos Luis Rodríguez Gómez; en dicho acto, ninguna persona atendió al llamado realizado por esta Juez, por lo que la parte actora solicita la reconstitución del Tribunal a su sede natural, en virtud de que en el inmueble no se encontró persona alguna, por lo que solicitará en otra oportunidad fecha nueva para la práctica de la Medida. Siendo las 11:45 a.m. se concluye el acto.
En fecha 28/04/2010, se dicta auto, dándole entrada al Oficio N° 0820-293, emanado del Tribunal de la Causa, donde informa que se Suspendió la Medida Decretada en la presente Causa. Se agrega a los autos respectivos.
En fecha 15/07/2010, se dicta auto, por cuanto este Tribunal observa que han transcurrido más de 30 días de inactividad sin que la parte interesada dé impulso al cumplimiento del presente despacho, contándose desde la fecha de la última actuación; en consecuencia se ordena su remisión al Tribunal comitente. En esta misma fecha se remite mediante oficio N° 243-2010, constante de 18 folios útiles.-