PARTE NARRATIVA
Vista la anterior solicitud, presentada junto con anexos, por la ciudadana ZORAIDA MARINA MARTÍNEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-2.789.684, quien actúa en su propio nombre y en representación de su menor hijo adolescente SE OMITE NOMBRE, mediante la cual, solicita Autorización para Cobro de Indemnización por Muerte.

PARTE MOTIVA
SE ADMITE por cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria a ninguna disposición de la Ley, al Orden Público, ni a las buenas costumbres. Refiere su escrito que el adolescente: SE OMITE NOMBRE, es hijo del ciudadano: IVAN RAFAEL CARDOZO PEÑA (fallecido) en fecha 27 de octubre del año 2009, como evidencia el Acta de Defunción, y que para la fecha del fallecimiento del padre del adolescente antes mencionado, el mismo ostentaba la condición de jubilado del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, es por lo que solicita AUTORIZACIÓN de este Tribunal, para que la ciudadana ZORAIDA MARINA MARTÍNEZ, tramite el cobro de las cantidades de dinero que le pertenecen por concepto de pensión fundamental y cualquier otra bonificación y/o beneficio (si la hubiere) que le corresponda a su menor hijo como sobreviviente, ya que va en beneficio del adolescente: SE OMITE NOMBRE. Visto todos los documentos públicos producidos con los que se consideran los extremos legales de la Ley.



PARTE DISPOSITIVA DEL FALLO
Este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con Sede en Punto Fijo, Administrando justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. AUTORIZA, suficientemente a la ciudadana ZORAIDA MARINA MARTÍNEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-2.789.684, madre del adolescente: SE OMITE NOMBRE, para que en nombre de éstas, proceda a tramitar el cobro de las cantidades de dinero que le pertenecen por concepto de la prestaciones sociales y cualquier otro beneficio que pudiera corresponderle a su hijo por el fallecimiento de su Padre, el ciudadano IVAN RAFAEL CARDOZO PEÑA. Advirtiéndole a las oficinas pagadoras, que la cuota-parte del menor, deberá ser remitida al Tribunal, en cheque a nuestro favor en su oportunidad y posteriormente se proveerá lo conducente en beneficio de la misma
Expídase por Secretaria, Copia Certificada de ésta autorización, y entréguese a la parte interesada para que surta los efectos que persigue.
Regístrese Y Publíquese.
DADO, SELLADO, Y FIRMADO EN EL DESPACHO DEL JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN A LOS NUEVE (09) DIAS DEL MES DE ABRIL DE 2010.

DR. MGS. FREDDY MEDINA CHACÓN
EL JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECCIÓN



EL SECRETARIO
ABG. FREDDYS ROMERO

En esta misma fecha siendo las 11:20 p.m., se dictó y se publicó la presente sentencia.

EL SECRETARIO
ABG. FREDDYS ROMERO