REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
EXPEDIENTE N°: 2.834
SOLICITANTES: DARWIN JOSE ZAMBRANO MAVO y
GABRIELA DEL CARMEN ILARRETA PIÑA.
MOTIVO: SEPARACIÓN DE CUERPOS
I
Se inicia la presente causa mediante escrito presentado en fecha veintidós (22) de Octubre de 2008, por los ciudadanos DARWIN JOSE ZAMBRANO MAVO y GABRIELA DEL CARMEN ILARRETA PIÑA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 16.102.939 y 15.703.367, respectivamente, ambos domiciliados en la población de Chichiriviche, Municipio Monseñor Iturriza del Estado Falcón, debidamente asistidos por la abogada FLOR MERCEDES LOPEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 49.643, solicitaron por ante este Tribunal se decretara la Separación de Cuerpos. Manifestaron en su escrito de Separación que durante su unión conyugal no procrearon hijos ni adquirieron bienes que liquidar.
Por auto de la misma fecha, fueron declarados Solemnemente Separados de Cuerpos los cónyuges antes mencionados, librándose Boleta de Notificación al ciudadano Fiscal Décimo Octavo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial.
En fecha 24 de Octubre de 2.008, el Alguacil del
Tribunal consignó Boleta de notificación debidamente firmada por la ciudadana Jackelin Ortiz, en su condición de Secretaria de la mencionada Fiscalía.
En fecha 23 de Abril de 2010, comparecieron por ante este Tribunal los ciudadanos DARWIN JOSE ZAMBRANO MAVO y GABRIELA DEL CARMEN ILARRETA PIÑA, suficientemente identificados en autos, asistidos por la abogada FLOR LOPEZ, Inpreabogado N° 49.643 y solicitaron se decretara la conversión de Separación de Cuerpos en Divorcio.
En fecha 26 de Abril de 2010, el Juez que suscribe el presente fallo se abocó al conocimiento de la causa.
II
Por cuanto están llenos los extremos legales, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la solicitud de Separación de Cuerpos, formulada por los ciudadanos DARWIN JOSE ZAMBRANO MAVO Y GABRIELA DEL CARMEN ILARRETA PIÑA, ya identificados, y en consecuencia, DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía desde el día cuatro (04) de Noviembre de 2006, fecha en que contrajeron matrimonio por ante el Presidente del Concejo Municipal del Municipio Autónomo Colina del Estado Falcón, quedando anotada bajo el N° 55.
El Tribunal no hace pronunciamiento sobre hijos por no constar en autos su existencia.
Disuélvase la comunidad de gananciales de acuerdo a la Ley.
Publíquese, regístrese, y déjese copia certificada en el archivador de sentencias del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, de Tránsito y de Trabajo de
la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los veintisiete (27) días del mes de Abril del año dos mil diez (2010). Años: 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
El Juez Temporal,
Abg. ANGEL IGNACIO HEREDIA TEYES
La Secretaria,
Abg. DELIDA YEPEZ DE QUEVEDO
En la misma fecha de hoy, 27/04/2010, se dictó y publicó la anterior decisión.
Secretaría
Exp. No. 2.834.
AIHT/DYQ/dz.
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