REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 27 de Abril de 2010
200º y 151º
ASUNTO: IP01-P-2010-000833
AUTO ACORDANDO ORDEN DE APREHENSIÓN
En fecha: 27 de abril del año en curso interpone la Fiscal Segunda del Ministerio Público escrito solicitando ORDEN DE APREHENSIÓN en contra del ciudadano: JHONATHAN ALBERTO RAMIREZ, sobre la base de los siguientes hechos:
En fecha: 23-04-10, siendo aproximadamente la 01:00 horas de la tarde, se encontraba en el sector el Olivo, sabana de Morillo, casa sin numero, parroquia Colina, Municipio Petit , Estado Falcón, la ciudadana MARBELYS GUADALUPE MONTERO MEDINA, venezolana, titular de la cedula de identidad N ° 17.807.489, de 25 años de edad, cocinando y su esposo JONATHAN ALBERTO RAMIREZ, quien se encontraban sacando con un cuchillo una goma de la olla de presión, es cuando llegan los ciudadanos ENRIQUE y ELIAS SANTOS, en estado de ebriedad. Es cuando ENRIQUE, se le acerca a la ciudadana MARBELYS MONTERO, y comienza a decirle que la niña que ella tiene con su esposo era hija de él, es cuando la ciudadana MARBELYS le manifiesta al ciudadano ELIAS y a su papá el ciudadano MONTERO FRANCISCO, que se lo lleven, porque ENRIQUE, se estaba pasando, pero él no se quiso ir y le seguía manifestando a MARBELYS lo mismo. En ese momento se acerco el esposo de MARBELYS, el ciudadano JONATHAN RAMIREZ, al ciudadano ENRIQUE y le pregunta, que es lo que le pasa con su esposa, y ENRIQUE le contesto, que él se enfrentaba con su esposo y con los que vinieran, en ese momento fue que JONATHAN JIMENEZ le dio una puñalada a ENRIQUE, para luego huir del lugar de los hechos.
CAPITULO II
DE LOS FUNDADOS ELEMENTOS DE CONVICCIÓN
El Ministerio Público recaba los siguientes elementos con los cuales acompaña su solicitud y a través de un análisis adminiculado de cada uno de estos elementos logrando, a su criterio, identificar el presunto autor o participe del delito de HOMICIDIO CALIFICADO previsto y sancionado en el ARTICULO 406 DEL CÓDIGO PENAL, solicitando en consecuencia la APREHENSIÓN JUDICIAL del ciudadano: JHONATAN ALBERTO RAMIREZ, titular de la cedula de identidad N ° 16.339.697, por los hechos ocurridos en fecha: 23 de Abril del 2010, citando los siguientes elementos de convicción:
1.- Al folio 03 y 04, ACTA DE INVESTIGACIÓN, de fecha veintitrés -23- de Abril del año dos mil diez -2010-, suscrita por el funcionario AGENTE LOAIZA OSWALDO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, donde se deja constancia la llamada telefónica recibida por ese cuerpo por parte de la centralista de guardia de la Policía del Estado Falcón. Informando que en una vivienda del sector los Olivos de la Parroquia Colina, Municipio Petit, se encontraba el cuerpo sin vida de una persona del sexo masculino, presentando una herida por arma blanca.
2.- Riela inserto al folio 3 y su vuelto con 4, ACTA DE INSPECCIÓN N ° 3172, de fecha: 23 de Abril del 2010, suscrita por los funcionarios AGENTE LOAIZA OSWALDO, LUIS DIAZ y MIQUILENA ORANGEL, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, practicada en: UNA (01) VIVIENDA SIN NUMERO, UBICADA EN LA POBLACIÓN DE SABANA DE MORILLO, SECTOR LOS OLIVOS, PARROQIIA COLINA, CALLE PRINCIPAL, MUNICIPIO PETIT DEL ESTADO FALCÓN.
3.- Riela inserto al folio 05 y su vuelto, ACTA DE INSPECCIÓN N ° 3173, de fecha 23-04-10-, suscrita por los funcionarios AGENTE ORANGEL MIQUILENA y LUIS DIAZ, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, practicada en la MORGUE de dicho cuerpo de investigaciones, UBICADA AL FINAL DE LA AVENIDA ROOSELVET, MUNICIPIO MIRANDA, ESTADO FALCÓN. Donde consta la práctica del Examen Externo al Cadáver donde se pudo constatar que el mismo presentaba la siguiente herida; herida de 3 centímetros de largo y 1,5 centímetros de ancho, en la región supraclavicular izquierda, producida por un objeto punzo cortante. Logrando identificar el cadáver como perteneciente a la persona de que en vida respondiera al nombre de: PEROZO VALENTÍN ENRIQUE, Venezolano, titular de la cedula de identidad V-14.796.640.
4.- Riela inserto al folio 6, 7 y 08 con sus vueltos, ACTA DE INVESTIGACIÓN, de fecha veintitrés 23-04-10, suscrita por el funcionario AGENTE LUISA DIAZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, donde se deja constancia de las siguientes diligencias: Inspecciones técnicas, fijaciones fotográficas y levantamiento del cadáver. Así mismo se deja constancias de la identificación del hoy occiso, del registro policial que presenta el ciudadano: JONATHAN ALBERTO RAMIREZ GARCIA, Registro policial H-360.014 de fecha 21-09-2006, por el delito de Robo con Amenaza, por la Sub-Delegación Maturín Estado Anzoátegui y presenta las siguientes solicitudes: 1) SOLICITUD SEGÚN MEMO 3918, DE FECHA 23-06-06, POR EL DELITO DE ROBO GENERICO, POR EL JUEZ DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, BAJO EL EXPEDIENTE DEL TRIBUNAL BP11-S-2005-000228; 2) SOLICITADO SEGÚN MEMO 5045, DE FECHA 24/08/06, POR EL DELITO DE ROBO GENERICO, POR EL JUEZ DE JUICIO DEL CIRCUITO PENAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, BAJO EL EXPEDEINTE DEL TRIBUNAL BP11-S-2005-000228; 3) SOLICITADO, SEGÚN MEMO 8413, DE FECHA 22-11-2006 POR EL DELITO DE ROBO GENERICO Y LESIONES PERSONALES GRAVES POR EL JUEZ SEGUNDO DE CONTROL DE MATURÍN ESTADO ANZOÁTEGUI, BAJO EL EXPEDIENTE TRIBUNAL NPO1-P-2006-002841 Y 4) SOLICITADO, SEGÚN MEMO 1150, DE FECHA 24-10-2007, POR EL DELITO DE ROBO GENERICO, POR EL JUZGADO SEGUNDO DE JUICIO DEL TIGRE ESTADO ANZOATEGUI, BAJO EL EXPEDEINTE TRIBUNAL BKAP-0F0-2007-001488.
5.- Riela inserta al folio 09 y 10 con sus respectivos vueltos, ACTA DE ENTREVISTA, de fecha de veintitrés 23-04-10, rendida por la ciudadana: MARBELYS GUADALUPE MONTERO MEDINA, venezolana, titular de la cedula de identidad N ° 17.807.489, de 25 años de edad, de profesión u oficio T.S.U. en Sistema, residenciada en la Sabana de Morillo, Sector el Olivo, casa sin numero, Parroquia Colina, Municipio Petit, Estado Falcón ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de ésta ciudad, quien expuso lo siguiente:
“…Me encontraba cocinando en mi casa, ubicada en la dirección arriba mencionada, y mi esposo de nombre JONATHAN ALBERTO RAMIREZ GARCIA, tenia un cuchillo porque estaba sacando una goma para una olla de presión, en eso llegaron los ciudadanos ENRIQUE y su hermano ELIAS SANTOS en estado de ebriedad, entonces ENRIQUES y su hermano ELIS SANTO en estado de ebriedad, entonces ENRIQUE se me acerca y comienza a decirme que la niña que yo tengo con mi esposo era hija de él…” “… siguió diciendo la misma cosa, en eso mi esposo se le acerca a ENRIQUE y le pregunta que es lo que te pasa con mi esposa, y enrique le contesto que él se enfrentaba con mi esposo y con los que viniera, en ese momento fue que mi esposo JONATAN RAMIREZ le dio una puñalada en el cuello a ENRIQUE…”
6.- Riela inserta al folio11 y 12, ACTA DE ENTREVISTA, de fecha de veintitrés 23-10-10, rendida por el ciudadano: FRANCISCO MONTERO, venezolano, titular de la cedula de identidad N ° 9.9508.109, de 54 años de edad, de profesión u oficio Constructor, residenciado en el caserío el Olivo, casa sin numero, Estado Falcón, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, del de esta ciudad, quien expuso:
“...Los dos venían ebrios...omisis…mi hija de nombre MARBELIS MONTERO, me dice papá ENRIQUE me esta molestando, es allí cuando me doy de cuenta que él marido de mi hija se encontraba afuera realizando una empacadura con unos cables y cortándolo con un cuchillo, luego mi yerno JONATHAN entra hacia la casa y yo salgo, y le dice al ENRIQUE, que te pasa con mi esposa, luego yo le digo al hermano de ENRIQUE que sacara a su hermano de mi casa porque estaba molestando a mi hija y para evitar un problema con mi yerno, al momento que decido ingresar a mi casa veo que ENRIQUE ya se estaba cayendo apuñaleado lleno de sangre…”
7.- Riela inserta al folio 13 y su vuelto, ACTA DE ENTREVISTA, de fecha de veintitrés 23-04-10, rendida por el ciudadano: MONTERO MEDINA OSMAN QANTONIO, venezolano, titular de la cedula de identidad N ° 21.544.915, de 23 años de edad, de profesión u oficio Obrero, residenciado en la Sierra Falconiana, sector los Olivos, casa sin numero, Municipio Petit, del Estado Falcón ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, quien expuso:
“…Llego el ciudadano de nombre ENRIQUE hoy occiso en compañía de su hermano de nombre ELI, ENRIQUE entra y comienza a conversar con mi hermana haciéndole broma acerca de su hija, que se parecía mucho a él y que el era su padre, él marido de mi hermana se le acerco y comienzan a discutir con ENRIQUE, de pronto el marido de mi hermana saco un cuchillo dándole dos puñaladas, una en el cuello y otra en el pecho y luego salio corriendo…”
8.- Riela inserta al folio 19 su vuelto y 20, EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL, HEMATOLOGICA Y SOLUCION DE CONTINUIDAD N ° 9700-060-123 de fecha veinticuatro 24-04-10, suscrita por ING. LURDELI RAMONES, adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, practicada a UN (01) PANTALON, COLOR AZUL, TIPO JEANS, TALLA0, MODELO CLASICO, (01) FRANELA, TALLA L. COLOR BLANCO, ETIQUETA CHISTIAN DIOR.
9.- Riela inserto al folio23 y su vuelto, REGISTROS Y/O SOLICITUDES POLICIALES, que presenta el ciudadano JHONATAN ALBERTO RAMIREZ GARCIA.
10.- Riela inserto al folio 24 y su vuelto, REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA DE EVIDENCIAS FÍSICAS, de fecha 23-04-10, suscrita por Funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Penales, Científicas y Criminalísticas con sede en ésta ciudad, donde consta la siguiente evidencia física: UNA PRENDA DE VESTIR TIPO FRANELA, DE COLOR BLANCO, MARCA CHRISTIAN DIOR TALLA L; UN PANTALON, JEANS, DE COLOR AZUL, MARCA, L & S, TALLA 0. DOS HISOPOS IDENTIFICADOS CON LA LETRA (A). DOS HISOPOS IDENTIFICADOS CON LA LETRA (B)
En tal sentido, este Tribunal decreta con lugar y ajustado a derecho la solicitud interpuesta por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público y en consecuencia acuerda librar ORDEN DE APREHENSIÓN, siendo que se encuentra suficientemente acreditados los tres extremos legales previstos en los artículos 250,251 y 252 de la norma adjetiva penal, razones suficientes para DECRETAR la ORDEN DE APREHENSIÓN en contra del ciudadano: JHONATAN ALBERTO RAMIREZ, titular de la cedula de identidad N ° 16.339.697, por la “PRESUNTA” comisión del delito: HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES O INNOBLES ARTICULO 406 ORDINAL 1° DEL CÓDIGO PENAL VIGENTE, en perjuicio del ciudadano que en vida respondiera al nombre de: PEROZO VALENTÍN ENRIQUE, Venezolano, titular de la cedula de identidad V-14.796.640, y así se decide.
DISPOSITIVA
De todo lo antes expuestos, este Tribunal Segundo de Control de Coro estado Falcón, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA: Librar ORDEN DE APREHENSIÓN JUDICIAL en contra del ciudadano: JHONATAN ALBERTO RAMIREZ, titular de la cedula de identidad N ° 16.339.697, venezolano, de 24 años de edad, estado civil Soltero, de profesión u oficio indefinido, natural de Valencia Estado Carabobo, residenciado en Barinas, Estado Barinas, sector Guasimitos, calle Principal, casa sin numero, por la presunta comisión del delito HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES O INNOBLES, previsto y sancionado en el artículo 406 del Código Penal en perjuicio del hoy occiso VALENTÍN ENRIQUE PEROZO, Venezolano, titular de la cedula de identidad V-14.796.640, encontrándose llenos todos los extremos del articulo 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, una vez traído sea conducido y colocado a la orden de un Tribunal de Control para que sea oído con todas las garantías previstas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Cúmplase. Líbrense los respectivos oficios.
ABG. RAIZA MAVAREZ DE ACOSTA
JUEZA TITULAR SEGUNDA DE CONTROL
ABG. MAYSBEL EFIANA MARTINEZ
LA SECRETARIA
ASUNTO: IP01-P-2010-000833
RESOLUCIÓN N ° PJ0022010000377
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