REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 5 de Abril de 2010
199º y 151º

ASUNTO: IP01-P-2009-000960
AUTO DECRETANDO SOBRESEIMIENTO ORDINAL 4°

Vistas las actuaciones que conforman el presente asunto, así como el escrito anexo a la misma, mediante el cual el Abogado NELSON GARCÍA ARÉVALO, en su carácter de Fiscal Décimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, solicita el sobreseimiento de la presente causa de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal, donde aparece como Imputado: MELVIN ANTONIO NAVAS REYES, por el motivo de la comisión del delito ABUSO SEXUAL, cometido en perjuicio de: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA.
Luego del análisis de las actas que integran la presente causa se observa que el Ministerio Público considera que en fecha 18 de Marzo del año 2009, se inicia la presente investigación donde la ciudadana IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA es la víctima, quien denuncia que el ciudadano: MELVIN ANTONIO NAVAS REYES, abusó sexualmente de ella, pero es el caso que la adolescente desmintió de su declaración inicial, a manifestar que su padre jamás había abusado de ella y que lo había dicho por presiones de otra persona, inculpando, posteriormente al profesor MIGUEL NUÑEZ quien supuestamente era testigo referencial de los abusos de su padre, además de manifestar que un compañero de clases de nombre EDEN ROJAS también había abusado de ella, contradicciones que son corroboradas en el informe psicológico realizado a la adolescente, el cual reflejó entre otras cosas que se evidenciaba manipulación de las circunstancias, generadas por su deseo de atención, además de sugerir que pudiesen existir trastornos de personalidad en la joven, aunado a que manifestó que no existen testigos de los hechos y que el examen médico legal ano rectal ginecológico arrojó como conclusión HIMEN COMPLACIENTE, no pudiéndose determinar que la misma haya mantenido relaciones sexuales; por tanto considera, el Ministerio Público injustificable mantener la investigación de manera indefinida, razón por la cual solicita el sobreseimiento de la causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 4° del Código orgánico Procesal Penal; Considera ésta Juzgadora que es procedente lo solicitado por el Ministerio Público en cuanto al sobreseimiento de la causa, igualmente se estimó que no fue necesario convocar a las partes a una audiencia oral para debatir los fundamentos de la petición fiscal.

DISPOSITIVA

Por todo lo antes expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCÓN, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LEY DECLARA: Se decreta el Sobreseimiento del asunto: IP01-P-2009-000960, seguido contra el ciudadano: MELVIN ANTONIO NAVAS REYES, por el motivo de la comisión del delito ABUSO SEXUAL, cometido en perjuicio de: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA, por operar la causal establecida en el artículo 318 ordinal 4to del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase la causa al Archivo Judicial. Cúmplase.


ABG. RAIZA MAVAREZ DE ACOSTA
JUEZA TITULAR SEGUNDA DE CONTROL

ABG. MAYSBEL MARTINEZ
LA SECRETARIA



En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.



LA SECRETARIA

ASUNTO: IP01-P-2009-000960
RESOLUCIÓN N ° PJ002201000340