REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCÓN
CORO, 8 DE ABRIL DE 2010
199º Y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-P-2009-000870
ASUNTO : IP01-P-2009-000870


En fecha veintitrés (23) de marzo de 2010, se recibió por ante este Tribunal Tercero de Juicio escrito consignado por la Defensora Publica Tercera Penal Abogada CARLIANNY ANZOLA, consignando anexo al presente escrito acta de Defunción del acusado ALEXANDER RAMON SALAZAR TORREALBA, emitida por Registrador Civil de la Alcaldía del Municipio Girardot del Estado Aragua quien murió a consecuencia de SHOCK SEPTICO NEUMONÍA LOBAR DERECHA FISTULA TRAQUE ESOFAGICA POST OPERATORIO TARDIO, en fecha Cuatro de Noviembre de 2009, quedando asentada bajo el Número: 50; Tomo Nº 3Año 2010, del primer trimestre del año en curso.
De acuerdo a lo expuesto, corresponde a este Juzgador pronunciarse sobre el curso que debe seguir el presente asunto, en el caso del acusado ALEXANDER RAMON SALAZAR TORREALBA para lo cual se acuerda prescindir de la audiencia previa, por considerar que para comprobar el motivo no hace falta el debate, tratándose de un punto de mero derecho (muerte de imputado) toda vez que los recaudos consignados constituyen la prueba idónea para acreditar el hecho alegado, conforme a lo dispuesto en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal; para lo cual este Tribunal hace previamente, las siguientes consideraciones:

II

DESCRIPCION DE LOS HECHOS OBJETO DE INVESTIGACION

Según la Acusación Fiscal, se imputaba al encartado responsabilidad en los hechos ocurridos en fecha cuatro (04) de Mayo de 2009, Siendo aproximadamente las 7:00 de la noche, funcionarios adscritos de las Fuerzas Armadas Policiales de Cumarebo Municipio Zamora del Estado Falcón, se encontraban realizando labores de patrullaje preventivo por el perímetro de dicha población, cuando en momentos en que se desplazaban por la zona comercial reciben llamada radiofónica por parte del supervisor de los servicios de la comisaría Ezequiel Zamora quien nos indica que nos traslademos hasta el Hospital Francisco Bustamante de Puesto Cumarebo donde al parecer habían ingresado varias personas heridas por arma de fuego, una vez obtenida dicha información se trasladaron a la emergencia de dicho Nosocomio, con la finalidad de corroborar dicha información, donde al llegar se entrevistaron con el medico de guardia, quien informa que a las 06:45 horas de la tarde aproximadamente habían ingresado tres personas quienes presentaban heridas por armas de fuego, y los mismos se encontraban recluidos en distintos pabellones, una vez obtenida dicha información procedo a ingresar a uno de los pabellones me entrevisto con una persona que dijo llamarse LUIS FELIPE CHIRINOS, (…) quien informo que tres sujetos a bordo de un vehiculo NOVA, lo habían herido a el con un arma d fuego al momento en que lo intentaban despojar de una suma de dinero en el interior d su residencia y que el mismo presentaban las siguientes características el 1ro tez blanca, contextura delgada, el 2do tez morena y contextura gruesa, el tercero tez morena y contextura fuerte y al notar tal situación desenfunda su arma de fuego haciendo frente a las tres personas logrando herir a dos de ellas, manifestando que las mismas se encontraban heridas en ese mismo hospital(…) al ingresar a otro de los pabellones logro avistar a un sujeto de tez blanca y contextura delgada quien presenta características similares a las aportadas por la victima quedando identificada como MAYCKELL ELY CARMONA ALARCON, (…) realizándosele un registro corporal no encontrándosele adherido a su cuerpo ningún objeto de interés criminalistico, quedando el mismo bajo vigilancia policial, así mismo se trasladaron al otro pabellón donde se encontraba la segunda persona percatándose la comisión policial de que no se encontraba en el mismo procediendo rápidamente a su búsqueda por las adyacencias del hospital, logrando avistar a un sujeto de tez morena y contextura gruesa, manifestando estar herido, siendo las características del segundo sujeto aportadas por la victima procediéndose a su captura quedando identificado como ALEXANDER RAMON SALAZAR TORREALBA (…) realizándosele un registro corporal no encontrándosele adherido a su cuerpo ningún objeto de interés criminalistico, trasladándolo nuevamente al referido nosocomio, cuando se acercan un grupo de personas que se encontraban en el hospital y manifestaron que estas dos personas habían ingresado al hospital en un vehiculo NOVA de color blanco (…) y que el mismo se encontraba aparcado en la parte de afuera del referido hospital, procediendo a localizarlo y efectuarle una revisión minuciosa , localizando y colectando en el asiento trasero del copiloto un (01) arma de fuego, tipo revolver, marca SMITH & WESSON, calibre 32 mm, modelo 31-1, serial H129119, (…)…”


III
DE LOS FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO

En fecha Veintitrés (23) de Octubre de 2009, según consta en actas, se celebro por ante el Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcòn el Acto de Audiencia Preliminar Falcòn en virtud de la cual se decreta PRIMERO: Apertura a Juicio oral y Público el presente asunto seguido contra el acusado MAYCKELL ELY CARMONA ALARCON y ALEXANDER SALAZAR TORREALBA por el Delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION Y OCULTAMIENTO DE ARMA FUEGO, previsto y sancionado el artículo 413, 458, en concordancia con los artículos 80 segundo aparte y 83 ambos del Código Penal Vigente, en perjuicio del Ciudadano Felipe Chirinos Pachano. SEGUNDO: Se mantiene bajo arresto Domiciliario, bajo la custodia de la Señora Grecia Maria Torrealba de Salazar, Barrio la Arboleda calle principal Nº 32 Santa Inés, Escuela Ivon González. Numero Telefónico Nº 04266307050, quien se compromete a ser le Guardia y Custodia del Ciudadano Alexander Salazar, presentarse las veces que el tribunal lo solicite.
Previo cumplimiento de las formalidades pertinentes y recibido el asunto por ante este Tribunal se fijo el sorteo respectivo una vez realizado el mismo se convoco a la constitución del Tribunal.
En fecha veintitrés (23) de marzo de 2010, se recibió por ante este Tribunal Tercero de Juicio escrito consignado por la Defensora Publica Tercera Penal Abogada CARLIANNY ANZOLA, consignando anexo al presente escrito acta de Defunción del acusado ALEXANDER RAMON SALAZAR TORREALBA, emitida por Registrador Civil de la Alcaldía del Municipio Girardot del Estado Aragua quien murió a consecuencia de SHOCK SEPTICO NEUMONÍA LOBAR DERECHA FISTULA TRAQUE ESOFAGICA POST OPERATORIO TARDIO
Ahora bien, concatenadas las informaciones previamente recibidas por este Despacho sobre la muerte del procesado, con el Acta De Defunción correspondiente, la cual es el documento idóneo para acreditar tal circunstancia, teniendo además el carácter de documento público a tenor de lo dispuesto en el artículo 1459 del Código Civil, la cual es copia certificada expedida por la Registrador Civil de la Alcaldía del Municipio Girardot del Estado Aragua considera este Juzgador debidamente acreditado el motivo para DECLARAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA en virtud de la extinción de la acción penal, por cuanto quedó debidamente demostrado el fallecimiento del ciudadano ALEXANDER RAMON SALAZAR TORREALBA (ya identificado) todo de conformidad con lo establecido 318 ordinal 3 del Código Orgánico procesal penal, en concordancia con el Artículo 48 ordinal 1° Ejusdem. Y ASI SE DECIDE.

IV
DISPOSITIVA

Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIEMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, en virtud de la extinción de la acción penal, todo de conformidad con lo establecido 318 ordinal 3 del Código Orgánico procesal penal, en concordancia con el Artículo 48 ordinal 1° Ejusdem, como consecuencia de la muerte del imputado ALEXANDER RAMON SALAZAR TORREALBA, Venezolano, mayor de edad titular de la Cédula de Identidad 14.740.916, soltero, nacido en fecha 05-11-1978, profesión indefinida, domiciliado en la urbanización arboleda sector Santa Inés Calle Dámaso Almeida casa S/N de la ciudad de Maracay estado Aragua por el delito de LESIONES PERSONALES GRAVES, ROBO AGRAVDO EN GRADO DE FRUSTRACION Y OCULTAMIENTO DE ARMA FUEGO, previsto y sancionado el artículo 413, 458 y 277 en concordancia con los artículos 80 segundo aparte y 83 ambos del Código Penal Vigente, en perjuicio del Ciudadano FELIPE CHIRINOS PACHANO.
Regístrese, Publíquese y Notifíquese, déjese copia en los archivos de este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcòn, a los Ocho (08) días del mes de Abril, del año dos mil diez (2010).
EL JUEZ TERCERO DE JUICIO



ABOG. JESUS MARQUEZ RONDON

LA SECRETARIA DE SALA


ABOG. JUANITA SANCHEZ RODRIGUEZ.