REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Caracas, nueve (9) de agosto de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: AP51-S-2010-012461
En cumplimiento a lo previsto en el auto que antecede y visto el escrito de Convenimiento de REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, presentado por la abogada CARMEN ZORAYA GARCÍA GONZÁLEZ, en su carácter de Defensora Pública Décima Primera para el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, actuando en beneficio del niño --------, a petición de los ciudadanos MIGUEL PURO ROJAS y LIGIA ELENA CORREA MARQUEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 15.581.338 y V-17.802.193 respectivamente; esta Jueza Quinta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 387 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, HOMOLOGA en los mismos términos expuestos por las partes, el presente CONVENIMIENTO de REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR. ASI SE DECIDE. .
LA JUEZ

ABG. AIMAR VALENCIA RIZO.
EL SECRETARIO

ABG. IVAN CEDEÑO.