REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 25 de Agosto de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2009-000742
ASUNTO : IP11-P-2009-000742



PUNTO PREVIO

Por cuanto quien suscribe fue designado, Juez de Primera Instancia; ejerciendo actualmente las funciones de Control, sustituyendo al Abogado Luís Moreno Campos, según oficio Nº CJ-10-1327, de fecha 06 de julio de 2010, emanado de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia; siendo juramentado el día 19 de julio de 2010, por ante la Presidencia del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción del Estado Falcón; me ABOCO, al conocimiento de la presente cusa signada bajo el número IP11-P-2009-000742.-

SENTENCIA DE SOBRESEIMIENTO

I
IDENTIFICACION DE LAS PARTES


JUEZ PRIMERO DE CONTROL: ABG. JOSÉ LUIS SÁNCHEZ R.
FISCAL 14º DEL MP: ABG. LILIANA ANTONIETA RONDON CADENAS
SECRETARIA: ABG. YÉNICE DÍAZ URDANETA
DELITOS: ATIPICO.
IMPUTADO: CRISTOBAL DUBAI CAPIELO GONZÁLEZ.

II
HECHOS OBJETO DE LA INVESTIGACIÓN

Se inicio la presente investigación por ante la Fiscalía Decimocuarta del Ministerio Público, en fecha 22 de Noviembre de 2008, en virtud de acta levantada por funcionarios adscritos al Destacamento No. 44 de la Guardia Nacional, en la que dejan constancia de: “…constituidos en el sitio denominado Av. Bolívar de Judibana frente al CRP AMUAY, pude detectar un vehículo clase camión tipo chuto, uso carga, marca mack, modelo 66, año 66, color amarillo, placas 044IAG, serial de carrocería V1178, serial de motor 9D1203, con remolque….el mismo era conducido por el ciudadano CAPIELO GONZÁLEZ CRISTOBAL DUBAI, C.I. No. 14.263.963,….manifestando que había sido autorizado por el funcionario de Energía y Petróleo del área de la refinería para que lavara el cisterna en la calle, motivo por el cual se procedió a instruir la respectiva acta, para que comparezca ante las autoridades administrativas del área 5 del Ministerio del Poder Popular para el Ambiente….es todo”.-

III
FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO

La Sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, ha señalado en cuanto a la figura del Sobreseimiento lo siguiente:
“Esta sala estima oportuno precisar que el Código Orgánico Procesal Penal, en el libro Segundo Titulado “Del procedimiento Ordinario” Capítulo V “De los Actos conclusivos”, prevé la figura del Sobreseimiento, entendido como resolución judicial fundamentada, mediante la cual se decide la finalización de un proceso penal respecto a uno o varios imputados, y cuya procedencia está determinada para la existencia, en el caso particular, de u no de los supuestos establecidos en el artículo 325 (hoy 318) en razón de mediar una causal que impide la continuación de la causa”. (Sentencia No. 236 de fecha 20 de febrero de 2001, con ponencia del magistrado Antonio García García).-


De la revisión y del análisis de las actuaciones que conforman la presente causa, el Ministerio Publico, determinó que los hechos investigados NO REVISTEN CARÁCTER PENAL, toda vez que de las actuaciones que acompañan a la presente causa, se desprende, que los hechos ocurridos en los cuales aparece como imputado el ciudadano CRISTOBAL DUBAI CAPIELO GONZÁLEZ, solo conducieron a la comprobación de una falta de carácter administrativo, sancionable por parte del Ministerio del Poder Popular para el Ambiente, haciendo imposible que el Ministerio Público ejerza la acción penal respectiva en contra de la Empresa antes descrita, por tales razones es que el Ministerio Público solicita se sirva DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con el articulo 318 numeral 2º del Código Orgánico procesal Penal.

Ahora bien, este Tribunal una vez revisadas las presentes actuaciones, confirma que en las mismas no constan elementos de convicción suficientes que permitan al Ministerio Público, emitir un acto conclusivo, distinto al interpuesto, por cuanto efectivamente se evidencia del razonamiento realizado por la vindicta pública, que los hechos investigados no revisten carácter penal, siendo los hechos faltas de carácter administrativo, por lo que este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD FISCAL, y DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, conforme a lo establecido en el numeral 2º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se declara.-

IV
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Primero Control Extensión Punto Fijo, del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley, dicta el siguiente pronunciamiento:

PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR, la solicitud hecha por la Fiscal Decimocuarta del Ministerio Público Abg. LILIANA ANTONIETA RONDON CADENAS.
SEGUNDO: SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, que se siguió al Ciudadano CRISTOBAL DUBAI CAPIELO GONZÁLEZ, titular de la Cédula de Identidad No. V- 14.263.963, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal.

Publíquese, regístrese, notifíquese, déjese copia y remítase el presente expediente en su debida oportunidad.
Dada, firmada y sellada en la Sala de audiencias del Tribunal Primero de Control Extensión Punto Fijo del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón a los veinticinco (25) días del mes de agosto de dos mil diez (2010).- 200º de la Independencia y 151º de la Federación.-

EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL,


ABG. JOSÉ LUIS SÁNCHEZ RODRÍGUEZ.
LA SECRETARIA,


ABG. YÉNICE DÍAZ URDANETA