REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENSIÓN PUNTO FIJO.

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
Punto Fijo, 13 de Agosto de 2010.
Años: 200º y 151º
Vista las diligencias de fechas 28 de abril del presente año y 04 de los corrientes, suscritas la primera por el abogado PEDRO LARA HURTADO, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano JIMMY MENA MORENO, en su carácter de Vice-Presidente de la Sociedad Mercantil PCI, INGENIEROS CONSULTORES, S.A., por una parte y por la otra el ciudadano RAFAEL SILVA, en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil CONTRUCCIONES ATLAS FALCÓN, C.A., asistido por el abogado AMALIO OVIEDO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 46.118, mediante la cual se evidencia que las partes efectuaron una transacción con respecto al presente juicio, el Tribunal por cuanto lo solicitado no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, lo homologa dándole el carácter de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Con respecto a la segunda diligencia, suscrita por el abogado PEDRO LARA HURTADO, con el carácter acreditado en autos, el tribunal de conformidad con el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil, decreta la ejecución de la transacción celebrada entre las partes y fija un lapso de cinco (5) días de despacho contados a partir de la notificación de la demandada, para que ésta efectué el cumplimiento voluntario. Líbrese boleta de notificación y entréguesele al alguacil para su práctica.
El Juez Titular,
Abog. Camilo Hurtado Lores.
La Secretaria Titular,
Abog. Maraly Marín López.

CHL/adv.
Exp. 8486.